El derecho a la reparación de las víctimas del conflicto armado interno: reparación excepcional en el marco de la justicia transicional
La reparación a las víctimas del conflicto armado interno colombiano es una inexorable obligación del Estado, titular del deber internacional de garantía, protección y respeto de los derechos humanos. El Estado ha optado por los mecanismos de Justicia Transicional para hacer frente a un contexto de...
- Autores:
-
Muñoz Murillo, Edwin Arturo
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2013
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/75336
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/75336
http://bdigital.unal.edu.co/39928/
- Palabra clave:
- 300 - Ciencias sociales
320 - Ciencia política (política y gobierno)
340 - Derecho
350 - Administración pública y ciencia militar
360 - Problemas y servicios sociales; asociaciones
Reparación
Conflicto armado interno
Derechos humanos
Justicia transicional
Paz
Reparations
Intern armed conflict
Human rights
Transitional justice
Peace
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | La reparación a las víctimas del conflicto armado interno colombiano es una inexorable obligación del Estado, titular del deber internacional de garantía, protección y respeto de los derechos humanos. El Estado ha optado por los mecanismos de Justicia Transicional para hacer frente a un contexto de graves y masivas violaciones a las normas internacionales de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario. La obligación de reparar, en el contexto transicional hacia la paz y la democracia, parte de tres premisas fundamentales: (i) el ideal de la reparación integral debe analizarse teniendo en cuenta que, por su naturaleza, las violaciones cometidas en el marco de un conflicto armado interno de largo aliento, son en estricto sentido irreparables; (ii) las reparaciones enmarcadas en un contexto de transición hacia la paz no se reducen al carácter indemnizatorio; potencian los componentes de restitución, satisfacción, rehabilitación y garantías de no repetición, y (iii) La flexibilidad del derecho a la reparación en favor de la realización de otros derechos y valores supremos como la paz y la convivencia, es permitida en situaciones excepcionales: el copioso número de víctimas afectadas, el carácter sistemático o masivo de las violaciones y la capacidad real del Estado para enfrentar las consecuencias del post-conflicto. (texto tomado de la fuente) |
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