El derecho al agua potable en perspectiva ambiental: una aproximación desde el paradigma ecológico

El derecho social al agua potable es una prerrogativa plausible, respaldada en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia y la jurisprudencia constitucional, que por la naturaleza de su objeto, admite una lectura en perspectiva ecológica, mediante las contribuciones de...

Full description

Autores:
Lozano Acosta, Carlos Hernando
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2009
Institución:
Universidad Nacional de Colombia
Repositorio:
Universidad Nacional de Colombia
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repositorio.unal.edu.co:unal/11325
Acceso en línea:
https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/11325
http://bdigital.unal.edu.co/8742/
Palabra clave:
340 - Derecho
Ecología
Interdisciplinariedad
Derecho social fundamentalidad
Bicondicionalidad
interdisciplinarity
Social right
Fundamentality
Biconditionality
Ecology
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Description
Summary:El derecho social al agua potable es una prerrogativa plausible, respaldada en instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por Colombia y la jurisprudencia constitucional, que por la naturaleza de su objeto, admite una lectura en perspectiva ecológica, mediante las contribuciones de la relación bicondicional entre ecología y derecho, a partir de los principios que la desarrollan. Para arribar a dicho propósito, se ha propuesto un “viraje ecológico” en las ciencias sociales, que pretende la incorporación de la naturaleza al análisis y organización de la sociedad y la irrupción del concepto de sostenibilidad como criterio central del estudio de la acción humana. Partiendo de esta convicción, se ha propuesto que, así como la ecología y las ciencias sociales empiezan a influenciarse mutuamente, derecho y ecología deberían tener una relación bicondicional, en la que el derecho influya el comportamiento humano sobre los ecosistemas, al tiempo que la ecología informe al derecho. De esta manera, las variables del ciclo hidrológico deberían tener un papel en la configuración de las reglas jurídicas relativas al acceso al recurso como derecho subjetivo y en todo caso, provocar la apertura de un canal de intercambio permanente entre el derecho y otras disciplinas.