Redactando riesgos. El uso de la prisión preventiva en los expedientes dentro de la provincia de Buenos Aires
En este artículo se presenta una introducción a las características del objeto expediente, para indicar la relación entre dicho instrumento y la prisión preventiva (en adelante, PP) en la provincia de Buenos Aires (en adelante, PBA). Luego, aparece una serie de informes en los que se ha trabajado, c...
- Autores:
-
Kostenwein, Ezequiel
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Nacional de Colombia
- Repositorio:
- Universidad Nacional de Colombia
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unal.edu.co:unal/66235
- Acceso en línea:
- https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/66235
http://bdigital.unal.edu.co/67259/
- Palabra clave:
- 3 Ciencias sociales / Social sciences
argumentación
crítica
expedientes
justificación
modelos
prisión preventiva.
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial 4.0 Internacional
Summary: | En este artículo se presenta una introducción a las características del objeto expediente, para indicar la relación entre dicho instrumento y la prisión preventiva (en adelante, PP) en la provincia de Buenos Aires (en adelante, PBA). Luego, aparece una serie de informes en los que se ha trabajado, con métodos diferentes, el uso del encierro preventivo a partir del expediente. Tomando dicho instrumento como fuente primaria,se analizan los argumentos que se consignan para justificar la medida cautelar, mediante cuatro gramáticas argumentativas: la primera es un modelo de argumentación con base en la ley, dentro de la cual la PP se solicita y concede respecto a uno —o dos— de los riesgos procesales que exige el Código Procesal Penal. La segunda se realiza con base en un acuerdo tácito, ya que la medida cautelar se pide y se otorga, si bien no se menciona en las justificaciones el peligro de fuga ni el entorpecimiento en la investigación. La tercera se compone de acuerdos en disidencia, a raíz de que los argumentos entre los fiscales y los jueces de garantías no concuerdan, pero la PP es igualmente aplicada. Por último, los argumentos planteados a partir del concepto de la confianza perdida describen una seriede casos que se distinguen de los presentados en los apartados anteriores, dado que se trata de negativas de los jueces ante los pedidos de PP por parte de la fiscalía. Las tres primeras gramáticas pueden concretarse siempre que las presentaciones de los fiscales hayan satisfecho ciertos requisitos para considerarlas viables. Según los expedientes consultados, estas condiciones son dos: la primera, que el fiscal demuestre la existencia del delito, y, la segunda, que el imputado haya participado probablemente en este. Una vez verificadas las condiciones, es posible que surja un acuerdo activo sobre la necesidad de hacer uso de la PP; de lo contrario, surgen argumentos con base en la confianza perdida. En síntesis, se pretende explorar el encierro preventivo como una competenciaque desarrollan los operadores jurídicos, al producir justificaciones y argumentos, escepticismos y acuerdos activos |
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