Implicaciones de la ley 1306 de 2009 en el derecho privado colombiano

A raíz de la firma de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, emitida por las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, nuestro país promulgó las leyes 1346 de 2009 y 1306 del mismo año. La primera, integró a la legislación nacional la mencionada Convención y reguló lo r...

Full description

Autores:
Serrano Gómez, Rocío
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2012
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/16409
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/16409
Palabra clave:
Family law
Family
Civil law
Persons (Law)
Natural people
Domestic relations
National legislation
Mental disability
Performance
Vulnerable population
Derecho de familia
Familia
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Personas (Derecho)
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Legislación nacional
Discapacidad mental
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Población vulnerable
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description A raíz de la firma de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, emitida por las Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006, nuestro país promulgó las leyes 1346 de 2009 y 1306 del mismo año. La primera, integró a la legislación nacional la mencionada Convención y reguló lo relacionado con la incapacidad tanto física como mental; la segunda ley, tema central de este trabajo, se enfocó específicamente en los menores de edad emancipados y los inhabilitados por enfermedades mentales. Según se lee en sus primeros artículos, la ley 1306 de 2009 tiene por objeto “la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad” (artículo 1). Esta intención legislativa modificó pilares del régimen privado colombiano como el régimen de la capacidad del ser humano, aspectos de familia y de menores y algunas normas laborales y procesales. A partir de la vigencia de la norma, esto es, el 05 de junio de 2009, jueces de familia y funcionarios del Bienestar Familiar, han tenido que acomodar su actuación a este “remezón jurídico” que promete, por lo menos en el papel, “una visión moderna de los sujetos con trastornos mentales o del comportamiento”. La norma quiso abarcar todos los aspectos relacionados con quienes sufrían una u otra patología que impedía, bien su normal desempeño en sociedad, o bien su completo uso de razón. En términos generales, la columna central de la norma es el respeto a la condición humana del enfermo mental; de ahí, el especial empeño en preservar sus derechos fundamentales, entre ellos su dignidad, salud, al trabajo y en la no discriminación por la discapacidad mental. Por otro lado, al distinguirla como “población vulnerable”, el legislador encarga no solo a la familia sino al juez y a toda la sociedad de la guarda de los derechos fundamentales y patrimoniales que pudiere llegar a tener quien padezca de dichas enfermedades. Otra intención es modernizar de acuerdo al derecho comercial y financiero la reglamentación de Andrés Bello, para alcanzar, idealmente, mejores rendimientos económicos.
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Sentencia T 855 de 2006
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Ley 1306 de 2009
Código Civil Colombiano
30. Código de la Infancia y la Adolescencia
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Según se lee en sus primeros artículos, la ley 1306 de 2009 tiene por objeto “la protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad” (artículo 1). Esta intención legislativa modificó pilares del régimen privado colombiano como el régimen de la capacidad del ser humano, aspectos de familia y de menores y algunas normas laborales y procesales. A partir de la vigencia de la norma, esto es, el 05 de junio de 2009, jueces de familia y funcionarios del Bienestar Familiar, han tenido que acomodar su actuación a este “remezón jurídico” que promete, por lo menos en el papel, “una visión moderna de los sujetos con trastornos mentales o del comportamiento”. La norma quiso abarcar todos los aspectos relacionados con quienes sufrían una u otra patología que impedía, bien su normal desempeño en sociedad, o bien su completo uso de razón. En términos generales, la columna central de la norma es el respeto a la condición humana del enfermo mental; de ahí, el especial empeño en preservar sus derechos fundamentales, entre ellos su dignidad, salud, al trabajo y en la no discriminación por la discapacidad mental. Por otro lado, al distinguirla como “población vulnerable”, el legislador encarga no solo a la familia sino al juez y a toda la sociedad de la guarda de los derechos fundamentales y patrimoniales que pudiere llegar a tener quien padezca de dichas enfermedades. Otra intención es modernizar de acuerdo al derecho comercial y financiero la reglamentación de Andrés Bello, para alcanzar, idealmente, mejores rendimientos económicos.Introducción 1. Modificaciones de la Ley 1306 de 2009 al régimen de la capacidad humana 2. Aportes doctrinales a la interpretación de la Ley 1306 de 2009 3. El régimen de guardas 4. Principales modificaciones a la reglamentación de las guardas según la ley 1306 de 2009. 5. La negociación de bienes de incapaces 6. Aspectos procesales Conclusiones REFERENCIASMaestríaFollowing the signing of the Convention on the Rights of Persons with Disabilities, issued by the United Nations on December 13, 2006, our country enacted Laws 1346 of 2009 and 1306 of the same year. The first integrated the aforementioned Convention into national legislation and regulated matters related to both physical and mental incapacity; The second law, the central theme of this work, focused specifically on emancipated minors and those disabled due to mental illness. According to its first articles, Law 1306 of 2009 has as its objective "the protection and social inclusion of any natural person with mental disabilities or who adopts behaviors that disable them for their normal performance in society" (article 1). This legislative intention modified pillars of the Colombian private regime such as the regime of the capacity of the human being, aspects of family and minors and some labor and procedural regulations. As of the validity of the norm, that is, on June 5, 2009, family judges and Family Welfare officials have had to accommodate their actions to this "legal shock" that promises, at least on paper, "A modern view of subjects with mental or behavioral disorders". The rule wanted to cover all aspects related to those who suffered from one or another pathology that prevented either their normal performance in society, or their complete use of reason. In general terms, the central column of the norm is respect for the human condition of the mentally ill; hence, the special effort to preserve their fundamental rights, including their dignity, health, work and non-discrimination due to mental disability. On the other hand, by distinguishing it as a "vulnerable population", the legislator entrusts not only the family but also the judge and the entire society with the safeguarding of the fundamental and patrimonial rights that someone who suffers from these diseases may have. Another intention is to modernize the regulation of Andrés Bello, according to commercial and financial law, to achieve, ideally, better economic returns.application/pdfspahttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/Abierto (Texto Completo)Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombiahttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2Implicaciones de la ley 1306 de 2009 en el derecho privado colombianoImplications of Law 1306 of 2009 in Colombian private lawMagíster en Derecho de FamiliaUniversidad Autónoma de Bucaramanga UNABFacultad Ciencias Jurídicas y PolíticasMaestría en Derecho de Familiainfo:eu-repo/semantics/masterThesisTesishttp://purl.org/redcol/resource_type/TMFamily lawFamilyCivil lawPersons (Law)Natural peopleDomestic relationsNational legislationMental disabilityPerformanceVulnerable populationDerecho de familiaFamiliaDerecho civilPersonas (Derecho)Personas naturalesRelaciones familiaresLegislación nacionalDiscapacidad mentalDesempeñoPoblación vulnerableBETTI, Emilio. Teoría general del negocio jurídico. Editorial Revista de Derecho Privado, Madrid, 1943BONNECASE, Julien. Las personas en el derecho civil. Traducción de Enrique Figueroa Alfonso. Leyer. Bogotá, 2005COLIN, Ambroise y CAPITANT Henry. Derecho Civil. Volumen I, Editorial Jurídica universitaria. México, 2002.DIAZ RAMÍREZ, Enrique. Las sanciones por el incumplimiento de las condiciones de validez-nulidad, inexistencia e ineficacia. EN: Los contratos en el Derecho Privado. Legis-Universidad del Rosario. Bogotá- 2007.GARCIA SARMIENTO, Eduardo. Elementos de derecho de familia. Ediciones Facultad de Derecho. Bogotá, 1999JOSSERAND, Louis. Las personas. Leyer. Traducción de Santiago Cunchillos. Bogotá, 2008LAFONT PIANETTA, Pedro. Derecho de Familia. Derecho marital-Filial-Funcional. Addenda. Reforma de la Ley 1306 de 2009. Guarda Familiar. Librería Ediciones del Profesional Ltda.. Bogotá. 2010MAZEAUD, Henry, León y Jean. Lecciones de derecho civil. Parte Segunda. Vol. 1. Ediciones jurídicas Europa América. Buenos Aires, 1969. Traducción de Luis Alcalá Zamora y CastilloMEDINA PABÓN, Juan Enrique. Derecho Civil. Aproximación al Derecho. Derecho de personas. Segunda edición. Facultad de Jurisprudencia. Universidad del Rosario. Bogotá. 2010MONTOYA OSORIO, Martha Elena y MONTOYA PÉREZ, Guillermo. Las personas en el derecho civil. 3ª ed. Bogotá: Leyer, 2010ORTÍZ MONSALVE, Alvaro. EN: Los Contratos en el Derecho Privado. Legis Universidad del Rosario. Bogotá, 2007.OSPINA FERNÁNDEZ, Guillermo y OSPINA ACOSTA, Eduardo. Teoría General de los actos o negocios jurídicos. Tercera Edición. Temis. Bogotá. 1987PARRA BENÍTEZ, Jorge. Derecho civil general y de las personas. Leyer. Bogotá. 2008PARRA BENITEZ, Jorge. Derecho civil general y de las personas. 2ª ed. Bogotá: Leyer, 2010.PETIT, Eugene. Derecho Romano. Porrúa. México. 2005.LEON ROBAYO, Edgar Iván. La capacidad: atributo de la personalidad y presupuesto de validez del acto jurídico. EN: Los contratos en el Derecho Privado. Legis-Universidad del Rosario, Bogotá, 2007GOMEZ, Ignacio Alhippio. Elementos de derecho civil. General y personas. Tomo I. Doctrina y ley. Bogotá. 2001.SERRANO GÓMEZ, Rocío. Puente. Revista científica. Universidad Pontificia olivariana. Seccional Bucaramanga. Volumen 4, número 1. Mayo 2010VALENCIA ZEA, Arturo. Derecho Civil. Parte general y personas. Decimacuarta edición. Tomo I. Temis. Bogotá. 1997Sentencia T 477 de 1995Sentencia C 562 de 1995Sentencia C 983 de 2002Sentencia C 507 de 2005Sentencia C 534 de 2005Sentencia C 355 de 2006Sentencia T 855 de 2006Sentencia T 388 de 2009Ley 1306 de 2009Código Civil Colombiano30. Código de la Infancia y la AdolescenciaORIGINAL2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdf2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdfTesisapplication/pdf344851https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/16409/1/2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdf28a648623abc034bfa995809f9593bc8MD51open accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-8829https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/16409/2/license.txt3755c0cfdb77e29f2b9125d7a45dd316MD52open accessTHUMBNAIL2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdf.jpg2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg5191https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/16409/3/2012_Tesis_Rocio_Serrano.pdf.jpg39d65c76457c90493de464d0698d8957MD53open access20.500.12749/16409oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/164092022-06-06 12:16:33.4open accessRepositorio Institucional | Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNABrepositorio@unab.edu.coRUwoTE9TKSBBVVRPUihFUyksIG1hbmlmaWVzdGEobWFuaWZlc3RhbW9zKSBxdWUgbGEgb2JyYSBvYmpldG8gZGUgbGEgcHJlc2VudGUgYXV0b3JpemFjacOzbiBlcyBvcmlnaW5hbCB5IGxhIHJlYWxpesOzIHNpbiB2aW9sYXIgbyB1c3VycGFyIGRlcmVjaG9zIGRlIGF1dG9yIGRlIHRlcmNlcm9zLCBwb3IgbG8gdGFudG8sIGxhIG9icmEgZXMgZGUgZXhjbHVzaXZhIGF1dG9yw61hIHkgdGllbmUgbGEgdGl0dWxhcmlkYWQgc29icmUgbGEgbWlzbWEuCgpFbiBjYXNvIGRlIHByZXNlbnRhcnNlIGN1YWxxdWllciByZWNsYW1hY2nDs24gbyBhY2Npw7NuIHBvciBwYXJ0ZSBkZSB1biB0ZXJjZXJvIGVuIGN1YW50byBhIGxvcyBkZXJlY2hvcyBkZSBhdXRvciBzb2JyZSBsYSBvYnJhIGVuIGN1ZXN0acOzbi4gRWwgQVVUT1IgYXN1bWlyw6EgdG9kYSBsYSByZXNwb25zYWJpbGlkYWQsIHkgc2FsZHLDoSBlbiBkZWZlbnNhIGRlIGxvcyBkZXJlY2hvcyBhcXXDrSBhdXRvcml6YWRvcywgcGFyYSB0b2RvcyBsb3MgZWZlY3RvcyBsYSBVTkFCIGFjdMO6YSBjb21vIHVuIHRlcmNlcm8gZGUgYnVlbmEgZmUuCgpFbCBBVVRPUiBhdXRvcml6YSBhIGxhIFVuaXZlcnNpZGFkIEF1dMOzbm9tYSBkZSBCdWNhcmFtYW5nYSBwYXJhIHF1ZSBlbiBsb3MgdMOpcm1pbm9zIGVzdGFibGVjaWRvcyBlbiBsYSBMZXkgMjMgZGUgMTk4MiwgTGV5IDQ0IGRlIDE5OTMsIERlY2lzacOzbiBBbmRpbmEgMzUxIGRlIDE5OTMgeSBkZW3DoXMgbm9ybWFzIGdlbmVyYWxlcyBzb2JyZSBsYSBtYXRlcmlhLCB1dGlsaWNlIGxhIG9icmEgb2JqZXRvIGRlIGxhIHByZXNlbnRlIGF1dG9yaXphY2nDs24uCg==