El cobro de la cláusula penal por la vía ejecutiva

Con alguna frecuencia encontramos que en los contratos, cuando se pacta una cláusula penal, los negociantes suelen agregarle que ella prestará mérito ejecutivo "sin menester de requerimientos ni declaración judicial alguna", con olvido evidente que ese tópico no se halla dentro de la órbit...

Full description

Autores:
Bohórquez Orduz, Antonio
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
1993
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/18306
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/18306
Palabra clave:
Cláusula penal
Cumplimiento de obligaciones
Condiciones (Derecho)
Derecho civil
Penalty clause
Compliance with obligations
Conditions (Law)
Civil law
Rights
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:Con alguna frecuencia encontramos que en los contratos, cuando se pacta una cláusula penal, los negociantes suelen agregarle que ella prestará mérito ejecutivo "sin menester de requerimientos ni declaración judicial alguna", con olvido evidente que ese tópico no se halla dentro de la órbita dispositiva de los particulares ya que el Estado se ha reservado la potestad de establecer los procedimientos judiciales y es la ley la única fuente formal de derecho capaz de determinar cuándo un instrumento presta mérito ejecutivo y cuándo no tiene esa virtud.