Ciencia, innovación y competitividad empresarial ¿sobrevivirá Colciencias?

La Ley 1753 del 9 de junio de 2015 por la cual se promulgó el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 (PND) contiene en cinco artículos (artículos 5º, 7º, 10º, 12º, y 186º) una reforma estructural del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e In...

Full description

Autores:
Useche-Aldana, Bernardo
Tipo de recurso:
Article of journal
Fecha de publicación:
2014
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/10141
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/10141
Palabra clave:
Editorial
Ciencia
Innovación
Competitividad
Science
Innovation
Competitiveness
Ciência
Inovação
Competitividade
Editorial
Ciencia
Innovación
Competitividad
Science
Innovation
Competitiveness
Ciência
Inovação
Competitividade
Development
Innovation
Ciencias de la salud
Medicina
Ciencias medicas
Colciencias
Desarrollo
Innovación
Rights
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:La Ley 1753 del 9 de junio de 2015 por la cual se promulgó el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 (PND) contiene en cinco artículos (artículos 5º, 7º, 10º, 12º, y 186º) una reforma estructural del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SNCTI) en Colombia (1). Si bien es cierto, los lineamientos básicos estaban ya esbozados en el Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014 y el énfasis en la de por sí precaria generación de conocimiento científico se había sustituido por la innovación empresarial desde 1995 con la creación del Sistema Nacional de Innovación y luego con la Ley 1286 de 2009; no se había definido de una manera tan radical como lo hace el actual PND, el que la dirección y el eje mismo del sistema de CTI no descanse ya en el Estado representado en Colciencias, ni en las universidades, ni en los centros de investigación públicos o privados, sino en las empresas a través de "las Comisiones Regionales de Competitividad en cada departamento " (art. 186 PND).