Análisis jurisprudencial : Sentencia C-437 de 2013

La Sección Quinta del Consejo de Estado armonizó el contenido de lo dispuesto en los artículos 230 y 136-12 del anterior Código Contencioso Administrativo y estableció que la reforma a la demanda cuando implicara la formulación de nuevos cargos debía sujetarse al término de caducidad para el ejercic...

Full description

Autores:
Pinzón Mejía, Diana Carolina
Tipo de recurso:
Technical documentation
Fecha de publicación:
2019
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/13126
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/13126
Palabra clave:
Due to the process
Nationality
Statelessness
Comunidad
Migración humana
Derechos humanos
Debido proceso
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:La Sección Quinta del Consejo de Estado armonizó el contenido de lo dispuesto en los artículos 230 y 136-12 del anterior Código Contencioso Administrativo y estableció que la reforma a la demanda cuando implicara la formulación de nuevos cargos debía sujetarse al término de caducidad para el ejercicio de la acción electoral, de lo contrario, de admitirse esta posibilidad se desnaturalizaría el proceso electoral, marcado por los principios de celeridad y seguridad jurídica, , este término que es perentorio e improrrogable estaría a disposición de los demandantes, quienes bajo la categoría de la corrección estarían habilitados para presentar en el fondo una nueva demanda, cuando legalmente dicha posibilidad ya hubiese caducado.