Diseño de un modelo de auditoria al proceso de facturación del servicio de urgencias de la E.S.E. Hospital Local La Candelaria Rioviejo, Bolívar

En los últimos años, los países han tenido importantes transformaciones en la organización de su Sistema Nacional de Salud, que han involucrado la calidad de la atención como uno de los pilares fundamentales de la prestación de los servicios de salud. En Colombia la ley 10 de 1990, declara la salud...

Full description

Autores:
Reyes, Wldy Marum
Martínez Roca, Oscar
Valbuena Vence, Miguel
Serna Pinto, Ángel Javier
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2008
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/12138
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/12138
Palabra clave:
Medical sciences
Health sciences
Health audit
Audit model
Billing process
Quality of care
Quality of health care
Outpatient medical care
Patient safety
Service
Medical emergency
Ciencias médicas
Auditoria en salud
Calidad de la atención de salud
Atención médica ambulatoria
Seguridad del paciente
Servicio
Urgencias médicas
Ciencias de la salud
Auditoría en salud
Modelo de auditoria
Proceso de facturación
Calidad de atención
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:En los últimos años, los países han tenido importantes transformaciones en la organización de su Sistema Nacional de Salud, que han involucrado la calidad de la atención como uno de los pilares fundamentales de la prestación de los servicios de salud. En Colombia la ley 10 de 1990, declara la salud como un servicio público esencial y obligatorio, que podrá ser prestado directamente por el estado o a través de particulares, determinando en uno de sus artículos “establecer un sistema de fijación de normas de calidad de los servicios de salud y los mecanismos para controlar y vigilar su cumplimiento”. La Seguridad Social consagrada en la Constitución Política de Colombia de 1991, en su artículo 48, manifiesta que la atención en salud es un servicio público obligatorio a cargo del estado, el cual se encargará de dirigir, orientar, regular, vigilar y controlar la prestación de los servicios públicos esenciales; complementando en el artículo 49 que los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con la participación de la comunidad. Se basará en principios de eficiencia, universalidad y solidaridad.