Coexistencia de la sociedad conyugal y de la sociedad patrimonial
Uno de los temas de mayor debate dentro del Derecho Civil Colombiano es el relacionado con la Sociedad Conyugal, la cual reconoce los derechos de la esposa, pero desconoce los derechos que se debe dar a la mujer dentro de las Sociedad Patrimonial que se forman de la unión Hecho, entre parejas que ti...
- Autores:
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Chávez Corpas, Lucy Teresa
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2011
- Institución:
- Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
- Repositorio:
- Repositorio UNAB
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/16395
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/20.500.12749/16395
- Palabra clave:
- Family law
Family
Civil law
Persons (Law)
Natural people
Domestic relations
Conjugal society
Estate Separation
Marriage contract
Wife's rights
Patrimonial company
Derecho de familia
Familia
Derecho civil
Personas (Derecho)
Personas naturales
Relaciones familiares
Separación del patrimonio
Capitulaciones matrimoniales
Sociedad conyugal
Derechos de la esposa
Sociedad patrimonial
- Rights
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | Uno de los temas de mayor debate dentro del Derecho Civil Colombiano es el relacionado con la Sociedad Conyugal, la cual reconoce los derechos de la esposa, pero desconoce los derechos que se debe dar a la mujer dentro de las Sociedad Patrimonial que se forman de la unión Hecho, entre parejas que tienen Sociedad Conyugal no disueltas. Este artículo presenta de manera clara y sencilla el recorrido jurídico que soporta la Sociedad Conyugal, pero también viene a presentar los fundamentos legales que dan cabida a las Sociedades de Hecho y como debe encaminarse hacia el reconocimiento de los derechos de la mujer dentro de las mismas. Todo lo anterior respaldado por la Jurisprudencia y el marco jurídico – legal que parte de nuestra Carta Magna, la cual fundamenta el derecho al reconocimiento de cada individuo, sin importar sexo, raza, color, religión o condición. |
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