Las cookies como "programas espías" de información personal

En la era de la informática, la mayoría de los usuarios de internet no vislumbran totalmente el valor comercial de sus datos; cada interacción, cada reacción, cada compra, cada mínima actividad que cualquier persona realice en la web va dejando un rastro que, ante los ojos de los usuarios, es casi i...

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Autores:
Pedraza Gómez, Camila
Segura Ravelo, Ingrid Katherine
Villamil Moreno, Laura María
Calderón Marenco, Eduardo Andrés
Tipo de recurso:
http://purl.org/coar/resource_type/c_f744
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNAB
Repositorio:
Repositorio UNAB
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/22853
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/20.500.12749/22853
Palabra clave:
Congresses
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Instant messaging applications
Privacy electronic contracts
Habeas data
Investigation
Privacy
Cookies
Aplicaciones de mensajería instantánea
Contratos electrónicos intimidad
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description En la era de la informática, la mayoría de los usuarios de internet no vislumbran totalmente el valor comercial de sus datos; cada interacción, cada reacción, cada compra, cada mínima actividad que cualquier persona realice en la web va dejando un rastro que, ante los ojos de los usuarios, es casi imperceptible. Generalmente las páginas web y aplicaciones incluyen en sus políticas de privacidad la aceptación del uso de cookies, y si bien estas son solo un pequeño fragmento de información, su procesamiento tiene alcances que van más allá del marketing personalizado. A través del procesamiento de miles de cookies, las grandes empresas pertenecientes a la industria informática no solo fortalecen su negocio basado en la publicidad personalizada, sino que también pueden generar experiencias de uso totalmente personalizadas; de hecho, generalmente esa es su promesa de servicio, pero las “experiencias personalizadas” tienen una relación con de la adicción al uso de aplicaciones, eso sin contar con que los usuarios no pueden conocer concretamente qué información están almacenando sobre ellos, vulnerando derechos fundamentales como la intimidad y el habeas data. Se plantearon tres objetivos específicos relacionados a cada apartado del presente trabajo. Primero, se expuso el derecho a la intimidad según el desarrollo internacional de protección de derechos humanos, pasando por el derecho interno colombiano, qué alcances tiene y sus derechos derivados; como segundo objetivo, se buscó conceptualizar los términos contratos sign-in wrap, minería de datos y cookies; en tercer lugar, se estudiaron las políticas de privacidad de las aplicaciones de mensajería instantánea seleccionadas, enfocado a las cookies y minería de datos. La presente investigación es teórica, con un enfoque cualitativo; para esta, se utilizaron dos métodos, el primero de ellos es histórico-lógico, el cual permitió exponer los antecedentes de las 226 aplicaciones de mensajería instantánea seleccionadas para establecer un contexto histórico del desarrollo de cada una; y, por otro lado, el método analítico-sintético, ya que se descompuso el problema jurídico para analizar los elementos de los términos y condiciones de las aplicaciones de mensajería instantánea y el derecho a la intimidad con sus derechos derivados, lo que permitió adoptar una posición propia y dar respuesta a la interrogante planteada. Al estudiar los diferentes contratos de términos y condiciones se pudo comparar la garantía de privacidad y protección de datos personales que ofrece cada aplicación, permitiendo hacer un análisis respecto al cumplimiento del derecho a la intimidad entre cada una. El alcance al derecho del habeas data que Signal y Telegram ofrecen a sus usuarios es significativamente más amplio en comparación con WhatsApp, en donde su contrato no hace mención y mucho menos se establece una ruta para que los usuarios ejerzan su derecho a revisar, corregir o eliminar información de ellos contenida en sus bases de datos; adicional a esto, hay una transferencia de información a las bases de datos de Facebook, lo que genera mayor incertidumbre en cuanto al correcto procesamiento de información, porque imposibilita a los usuarios de WhatsApp a ejercer plenamente el control de su información con respecto a los datos que se encuentren almacenados en servidores ajenos a WhatsApp
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Generalmente las páginas web y aplicaciones incluyen en sus políticas de privacidad la aceptación del uso de cookies, y si bien estas son solo un pequeño fragmento de información, su procesamiento tiene alcances que van más allá del marketing personalizado. A través del procesamiento de miles de cookies, las grandes empresas pertenecientes a la industria informática no solo fortalecen su negocio basado en la publicidad personalizada, sino que también pueden generar experiencias de uso totalmente personalizadas; de hecho, generalmente esa es su promesa de servicio, pero las “experiencias personalizadas” tienen una relación con de la adicción al uso de aplicaciones, eso sin contar con que los usuarios no pueden conocer concretamente qué información están almacenando sobre ellos, vulnerando derechos fundamentales como la intimidad y el habeas data. Se plantearon tres objetivos específicos relacionados a cada apartado del presente trabajo. Primero, se expuso el derecho a la intimidad según el desarrollo internacional de protección de derechos humanos, pasando por el derecho interno colombiano, qué alcances tiene y sus derechos derivados; como segundo objetivo, se buscó conceptualizar los términos contratos sign-in wrap, minería de datos y cookies; en tercer lugar, se estudiaron las políticas de privacidad de las aplicaciones de mensajería instantánea seleccionadas, enfocado a las cookies y minería de datos. La presente investigación es teórica, con un enfoque cualitativo; para esta, se utilizaron dos métodos, el primero de ellos es histórico-lógico, el cual permitió exponer los antecedentes de las 226 aplicaciones de mensajería instantánea seleccionadas para establecer un contexto histórico del desarrollo de cada una; y, por otro lado, el método analítico-sintético, ya que se descompuso el problema jurídico para analizar los elementos de los términos y condiciones de las aplicaciones de mensajería instantánea y el derecho a la intimidad con sus derechos derivados, lo que permitió adoptar una posición propia y dar respuesta a la interrogante planteada. Al estudiar los diferentes contratos de términos y condiciones se pudo comparar la garantía de privacidad y protección de datos personales que ofrece cada aplicación, permitiendo hacer un análisis respecto al cumplimiento del derecho a la intimidad entre cada una. El alcance al derecho del habeas data que Signal y Telegram ofrecen a sus usuarios es significativamente más amplio en comparación con WhatsApp, en donde su contrato no hace mención y mucho menos se establece una ruta para que los usuarios ejerzan su derecho a revisar, corregir o eliminar información de ellos contenida en sus bases de datos; adicional a esto, hay una transferencia de información a las bases de datos de Facebook, lo que genera mayor incertidumbre en cuanto al correcto procesamiento de información, porque imposibilita a los usuarios de WhatsApp a ejercer plenamente el control de su información con respecto a los datos que se encuentren almacenados en servidores ajenos a WhatsAppUniversidad Cooperativa de ColombiaIn the computer age, most Internet users do not fully envision the commercial value of their data, every interaction, every reaction, every purchase, every minimal activity that any person performs on the web, leaves a trace that in the eyes of users is almost imperceptible, usually websites and applications include in their privacy policies, the acceptance of the use of cookies, 227 although these are only a small piece of information, its processing has a scope that goes beyond personalized marketing. Through the processing of thousands of cookies, large companies belonging to the computer industry not only strengthen their business based on personalized advertising, but can also generate fully customized user experiences. In fact, that is generally their service promise, but the “personalized experiences” have a relationship with the addiction to the use of applications, not to mention that users can not know specifically what information is being stored about them, violating fundamental rights such as privacy and habeas data. Three specific objectives related to each section of this work were proposed. First, the right to privacy was exposed according to the international development of human rights protection, passing through the Colombian domestic law, its scope and derived rights; secondly, the terms sign-in wrap contracts, data mining and cookies were conceptualized; thirdly, the privacy policies of the selected instant messaging applications were studied, focusing on cookies and data mining. The present research is theoretical with a qualitative approach, two methods were used, the first one is historical-logical, which allowed to expose the background of the selected instant messaging applications to establish a historical context of the development of each one, and the second one is the analytical-synthetic method, since the legal problem was decomposed to analyze the elements of the terms and conditions of instant messaging applications and the right to privacy with its derived rights, which will allow us to adopt positions and answer the question posed. By studying the different terms and conditions contracts, it was possible to compare the guarantee of privacy and protection of personal data offered by each application, allowing an analysis to be made regarding compliance with the right to privacy between each one. The scope of the right to habeas data that Signal and Telegram offer to their users is significantly 228 broader compared to WhatsApp, where their contract makes no mention and much less establishes a route for users to exercise their right to review, correct or delete information about them contained in their databases and additionally there is a transfer of information to Facebook’s databases, generating with this greater uncertainty as to the correct processing of information, because it makes it impossible for WhatsApp users to fully exercise control of their information with respect to the data that is stored on servers outside WhatsApp.Modalidad Presencialapplication/pdfspaPregrado DerechoBeltrán Beatriz, M. (S.F.). 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Recuperado de: http://hdl.handle.net/20.500.12749/22853Las cookies como "programas espías" de información personalCookies as "spy programs" for personal informationUniversidad Autónoma de Bucaramanga UNABFacultad Estudios Técnicos y TecnológicosFacultad Ciencias Jurídicas y PolíticasPregrado Derechoinfo:eu-repo/semantics/conferenceProceedingsMemoria de eventoshttp://purl.org/coar/resource_type/c_f744info:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/redcol/resource_type/EC_ACCongressesConferencesSeminarsInstant messaging applicationsPrivacy electronic contractsHabeas dataInvestigationPrivacyCookiesAplicaciones de mensajería instantáneaContratos electrónicos intimidadHabeas dataInvestigaciónPrivacidadCongresosConferenciasSeminariosCookiesORIGINAL2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria .pdf2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria .pdfArtículoapplication/pdf1712605https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/22853/1/2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria%c2%a0.pdfe6dcbb306591266f9bc5bdde25f67a6eMD51open accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-8829https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/22853/2/license.txt3755c0cfdb77e29f2b9125d7a45dd316MD52open accessTHUMBNAIL2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria .pdf.jpg2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria .pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg11576https://repository.unab.edu.co/bitstream/20.500.12749/22853/3/2021_Articulo_Villamil_Moreno_Laura_Maria%c2%a0.pdf.jpge285c817c214de1e8d4dfd0e75227547MD53open access20.500.12749/22853oai:repository.unab.edu.co:20.500.12749/228532023-11-21 22:00:37.757open accessRepositorio Institucional | Universidad Autónoma de Bucaramanga - UNABrepositorio@unab.edu.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