La observancia de los derechos humanos como elemento modificador del articulo 42 de la constitución política Colombiana

Es inevitable el cambio y la evolución sociológica y cultural por la que atraviesa la sociedad, de ésta manera, las visiones tradicionales de observar algunas instituciones como la familia y el matrimonio han igualmente evolucionado, es así como en muchos países ahora es permitida la unión matrimoni...

Full description

Autores:
Acevedo García, Genifer
Guerrero Zambrano, Ludwing Javier
Tipo de recurso:
http://purl.org/coar/version/c_b1a7d7d4d402bcce
Fecha de publicación:
2013
Institución:
Universidad Industrial de Santander
Repositorio:
Repositorio UIS
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:noesis.uis.edu.co:20.500.14071/28696
Acceso en línea:
https://noesis.uis.edu.co/handle/20.500.14071/28696
https://noesis.uis.edu.co
Palabra clave:
Parejas Del Mismo Sexo
Igualdad
Dignidad
Derechos Humanos
Matrimonio
Familia.
Same-Sex Couples
Equality
Dignity
Human Rights
Marriage
Family.
Rights
License
Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)
Description
Summary:Es inevitable el cambio y la evolución sociológica y cultural por la que atraviesa la sociedad, de ésta manera, las visiones tradicionales de observar algunas instituciones como la familia y el matrimonio han igualmente evolucionado, es así como en muchos países ahora es permitida la unión matrimonial entre parejas del mismo sexo e incluso la potestad de adoptar hijos, ahora bien nuestro país aún se encuentra en vía de desarrolló en éste tema al punto de que existe un gran vacío normativo acompañado de algunos pronunciamientos de la Corte Constitucional y exhorto de ésta Corporación hacía el legislativo, de ésta manera es necesaria una propuesta en la que en virtud de los derechos humanos a la igualdad y dignidad, tolerancia y respeto a la diferencia, sea modificado el Artículo 42 de la constitución política para que la institución del matrimonio en lugar de ser exclusiva de un hombre y una mujer, pueda ser acogida por dos seres humanos, pues en una sociedad que predique estar organizada bajo un Estado De Derecho , los derechos Humanos deben ser la base de sus mandatos establecidos, ahora bien, la comunidad LGBTI es merecedora de un trato digno pues son ante todo seres Humanos, que se les frena la potestad de elegir su proyecto de vida en pareja al no permitirse unir en matrimonio, de éste modo, se observa que para evitar más contrariedades o especulaciones frente al tema, y en aras de darle seguridad jurídica a las parejas del mismo sexo es necesaria una reforma constitucional.