Efectos jurídicos del acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera suscrito entre el gobierno colombiano y las FARC- EP al establecerse como acuerdo especial de conformidad con el articulo 3 común de los convenios de Ginebra

El presente trabajo de investigación indaga los efectos jurídicos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, suscrito entre el Gobierno Colombiano y las FARC-EP al considerar dicho acuerdo como un Acuerdo Especial a la luz del artículo 3 comú...

Full description

Autores:
Correa Bolivar, Gina Maria Alejandra
Lopez Sanmiguel, Magaly
Tipo de recurso:
http://purl.org/coar/version/c_b1a7d7d4d402bcce
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Industrial de Santander
Repositorio:
Repositorio UIS
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:noesis.uis.edu.co:20.500.14071/38199
Acceso en línea:
https://noesis.uis.edu.co/handle/20.500.14071/38199
https://noesis.uis.edu.co
Palabra clave:
Acuerdo Especial
Derecho Internacional Humanitario
Acuerdo De Paz
Convenios De Ginebra
Conflicto Armado.
Special Agreement
International Humanitarian Law
Peace Agreement
Geneva Conventions
Armed Conflict.
Rights
License
Attribution-NonCommercial 4.0 International (CC BY-NC 4.0)
Description
Summary:El presente trabajo de investigación indaga los efectos jurídicos del Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera, suscrito entre el Gobierno Colombiano y las FARC-EP al considerar dicho acuerdo como un Acuerdo Especial a la luz del artículo 3 común de los Convenios de Ginebra. Durante el proceso de paz, las partes en conflicto buscaron dotar de seguridad y estabilidad jurídica de carácter internacional el Acuerdo de Paz, por lo que se propuso que el Acuerdo 3 común de los Convenios de Ginebra de 1949 y se incorporaría al bloque de constitucionalidad, adquiriendo así un rango nacional e internacional, intención que se materializó mediante el artículo 4 del Acto Legislativo 01 de 2016, sin embargo, mediante el artículo 2 del Acto Legislativo 02 de 2017, se deroga de manera expresa dicha disposición. De esta manera, se examina la figura de los acuerdos especiales en el marco del Derecho Internacional Humanitario con la finalidad de determinar si el AFP cumple con los requisitos necesarios para constituirse como Acuerdo Especial e igualmente determinar los efectos que dicho reconocimiento generaría interna e internacionalmente.