La contratación directa de servicios profesionales como modalidad de vinculación más frecuente de contratistas en el sector público

Este artículo examina la contradicción entre la ley y la práctica administrativa de una forma discrecional de contratación de personas naturales en el Estado colombiano. La licitación pública debe ser la regla general en la contratación estatal, donde hay factores de competencia, y principios como l...

Full description

Autores:
Berrío Escobar, Rafael Arturo
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad La Gran Colombia
Repositorio:
Repositorio Institucional UGC
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.ugc.edu.co:11396/3630
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11396/3630
Palabra clave:
Contratación directa
Contratación estatal
Servicios profesionales
Empleos temporales
Primacía de la realidad sobre las formas
Empleo público
Discrecionalidad
Grupos de interés
Direct procurement
Government procurement
Professional services
Management support
Temporary jobs
Public employment
Skateholders
Contratos públicos
Funcionarios - Colombia
Contratistas independientes
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:Este artículo examina la contradicción entre la ley y la práctica administrativa de una forma discrecional de contratación de personas naturales en el Estado colombiano. La licitación pública debe ser la regla general en la contratación estatal, donde hay factores de competencia, y principios como la pluralidad y el mérito, no obstante la contratación directa de servicios profesionales y de apoyo a la gestión es el modo de vinculación de contratistas más utilizada por la administración pública, donde para suscribir un contrato la administración no debe recibir previamente y evaluar varias propuestas para seleccionar la mejor. A través de un análisis de los problemas identificados en el estudio de la doctrina y la jurisprudencia se deducen las causas de este fenómeno y, por medio de la metodología de la planificación estratégica, se plantea una alternativa que satisface las expectativas de los grupos de interés que constituyen el Estado como organización, en el marco de la ley, y teniendo como fundamento la primacía del interés general sobre el interés particular.