Vigencia de la Ordenanza Departamental 13 de 1947 dentro del marco de la Constitución Política de 1991
Jurídicamente se pretende estudiar, si con la expedición de la Constitución Política de 1991, la Ordenanza 13 de 1947 emitida por la Asamblea de Cundinamarca se encuentra vigente y si en la actualidad le es aplicable a los funcionarios públicos del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca. Co...
- Autores:
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Triana Lozada, Karla Stephany
Paez Portillo, Liliana Marcela
Rocha Bernal, Yessica Jacqueline
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad La Gran Colombia
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UGC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.ugc.edu.co:11396/3587
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11396/3587
- Palabra clave:
- Emolumentos
Principio del no menoscabo
Sobresueldo
Funcionarios públicos - Sueldos, pensiones, etc. - Cundinamarca (Colombia)
Derecho laboral - Colombia
Derecho laboral - Jurisprudencia - Cundinamarca (Colombia)
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Jurídicamente se pretende estudiar, si con la expedición de la Constitución Política de 1991, la Ordenanza 13 de 1947 emitida por la Asamblea de Cundinamarca se encuentra vigente y si en la actualidad le es aplicable a los funcionarios públicos del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca. Con este trabajo de investigación se pretende dar fuerza jurídica al principio de presunción de legalidad y favorabilidad respecto de los derechos adquiridos por los funcionarios públicos del nivel central de la Gobernación de Cundinamarca, a quienes se les ha venido aplicando el reconocimiento del 20% de sobresueldo posterior a la entrada en vigencia de la Constitución Política de 1991. |
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