Control de convencionalidad a partir de la constitución política de Colombia 1991 / El control de convencionalidad en actuaciones administrativas y jurisprudenciales a partir de la constitución política nacional de 1991
Con la ratificación del Pacto Internacional de San José de Costa Rica, se aprueba la Convención Americana de Derechos Humanos dando paso al Bloque de Constitucionalidad, uno de los elementos más importantes de la Constitución Política de 1991, incorporando los Tratados y Convenios Internacionales me...
- Autores:
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Herrera Daza, Efrén Adrián
Ruíz Tenorio, Jonatan Hernando
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad La Gran Colombia
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UGC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.ugc.edu.co:11396/5480
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11396/5480
- Palabra clave:
- Control de convencionalidad
Bloque constitucional
Actuaciones administrativas
Convención Americana de Derechos Humanos (CADH)
Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)
Debido proceso
Control of conventionality
International convention on the rights of children
Actos administrativos - Colombia
Derecho internacional y derechos humanos
Derecho constitucional - Colombia
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Con la ratificación del Pacto Internacional de San José de Costa Rica, se aprueba la Convención Americana de Derechos Humanos dando paso al Bloque de Constitucionalidad, uno de los elementos más importantes de la Constitución Política de 1991, incorporando los Tratados y Convenios Internacionales mediante sus artículos 93 y 94, de manera que los operadores judiciales se ven en la necesidad de dar pleno cumplimiento a los tratados y convenios internacionales, asegurando la supremacía de la Convención Americana de Derechos Humanos, siendo este un componente primordial e integral del Bloque de Constitucionalidad. De tal manera que, dar pleno cumplimiento a las actuaciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, tiene fuerza vinculante en las decisiones jurisprudenciales y actos administrativos de carácter jurisdiccional provocando constante modificación. Lo anterior ocasiona, el desdibujamiento de la consolidación de los principios de Legalidad y Debido Proceso del derecho local; de tal manera que, se está frente a que el estado Colombiano debe desarrollar un Control de Convencionalidad difuso, siendo el Derecho Internacional el más importante y primario que el Derecho Nacional, donde sus operadores judiciales y administrativos están obligados a sobreponer en sus fallos las observaciones realizadas por el Sistema Interamericano y la jurisprudencia de la Corte IDH, modulando el Derecho Interno Colombiano. En observancia de lo anterior, cuando el Estado se aparta, no aplica o desconoce la Convención Americana y sus sentencias interpretativas con fuerza vinculante, conlleva a que en varios litigios en materia de Derechos Humanos como consecuencia de situaciones fácticas y jurídicas por falla en la generación de un daño antijurídico cuya trascendencia es Nacional, los ciudadanos deban acudir al Tribunal Supranacional Corte IDH, con base en el Control de Convencionalidad Concentrado y emitir fallos imperativos a las decisiones emanadas por los Jueces Locales. |
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