Responsabilidad del estado colombiano por falla en el servicio en cuanto al mantenimiento y señalización de vías durante el periodo 2011 – 2016 según la jurisprudencia del Consejo de Estado
La Responsabilidad patrimonial del Estado la encontramos consagrada en nuestra Constitución Política de 1991 en su artículo 90 cual contempla “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas (…)...
- Autores:
-
Ruano Fajardo, Diana Marcela
Matta Reyes, Yeniffer Paola
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad La Gran Colombia
- Repositorio:
- Repositorio Institucional UGC
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.ugc.edu.co:11396/7378
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11396/7378
- Palabra clave:
- Responsabilidad
Estado
Jurisprudencia
Obligación
Servicio
Daño antijurídico
Indemnizar
Responsibility
State
Jurisprudence
Obligation
Compensate
Damage Illegal
Service
Seguridad vial
Señales de tránsito
Responsabilidad del estado
- Rights
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International
Summary: | La Responsabilidad patrimonial del Estado la encontramos consagrada en nuestra Constitución Política de 1991 en su artículo 90 cual contempla “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas (…)” dicha responsabilidad únicamente es atribuible al Estado cuando los daños le sean imputables y se logre comprobar que existió falla en el servicio. De este modo, realizaremos un análisis jurisprudencial relevante abordando la posición del Consejo de Estado, sobre la responsabilidad por falla del servicio respecto de la falta de mantenimiento y conservación de vías durante el periodo 2011 a 2016 y determinar así la imputabilidad del mismo. Finalmente, describiremos como mediante diferentes pronunciamientos jurisprudenciales el Consejo de Estado ha expuesto las causales que conllevan a la imputabilidad de responsabilidad y los casos en los cuales es necesario revisar la existencia de los eximentes. |
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