Circular N°43 sobre fondos de manumisión

La imagen contiene una noticia sobre la circular Nº 43 del Estado de Cundinamarca del 11 de marzo de 1858 establece directrices para la recaudación de fondos de manumisión. Se dispone que los tesoreros parroquiales recolecten los fondos en cada distrito, enviándolos mensualmente a la Administración...

Full description

Autores:
Gaceta de Cundinamarca
Currea, José A
Tipo de recurso:
http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
Fecha de publicación:
1858
Institución:
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
Repositorio:
RIUD: repositorio U. Distrital
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.udistrital.edu.co:11349/37764
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11349/37764
Palabra clave:
Recaudación
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Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1850-1950
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Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:La imagen contiene una noticia sobre la circular Nº 43 del Estado de Cundinamarca del 11 de marzo de 1858 establece directrices para la recaudación de fondos de manumisión. Se dispone que los tesoreros parroquiales recolecten los fondos en cada distrito, enviándolos mensualmente a la Administración General de Hacienda. Dichos fondos serán luego remitidos a la Administración General de Correos. Las liquidaciones de derechos causados serán aprobadas por el Administrador de Correos, y en caso de duda sobre los pagos, el Prefecto resolverá la suma a pagar. Los Administradores de Hacienda llevarán un registro de los fondos y rendirán cuentas a la Administración de Correos. Noticia publicada en Gaceta de Cundinamarca el 22 de marzo de 1858