Circular N° 10 recordando el cumplimiento de las disposiciones sobre el servicio personal subsidiario
La imagen contiene una noticia acerca de la circular N° 10. Recordando el cumplimiento de las disposiciones sobre servicio personal subsidiario. Desde la gobernación tener un conocimiento del cumplimiento que hayan dado los alcaldes, cabildos ordinarios y abiertos a las disposiciones relativas a la...
- Autores:
-
El Constitucional de Cundinamarca, Bogotá
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1843
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/34507
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/34507
- Palabra clave:
- Servicio personal
Subsidiario
Circulares
Cantones
Bogotá -- Historia -- Fuentes
Bogotá -- Historia -- Imágenes
Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1820-1850
Personal service
Subsidiary
Circulars
Cantons
- Rights
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La imagen contiene una noticia acerca de la circular N° 10. Recordando el cumplimiento de las disposiciones sobre servicio personal subsidiario. Desde la gobernación tener un conocimiento del cumplimiento que hayan dado los alcaldes, cabildos ordinarios y abiertos a las disposiciones relativas a la prestación del servicio personal subsidiario por los vecinos de las parroquias que forman ese cantón, y es con tal objeto que dirige esta nota para que a la mayor brevedad se le remita un informe circunstanciado sobre el particular sin perjuicio de que esa jefatura recuerde a las autoridades locales el exacto cumplimiento de los artículos 38, 39 y 40 de la ley 21 de junio de 1842, los artículos desde el 40 hasta el 45 del decreto ejecutivo de 3 de septiembre, y decreto de la gobernación de 16 de agosto del propio año inserto en el constitucional número 51, esa jefatura cuidará además que el servicio personal se invierta precisamente en los objetos de su creación y que se exija con regularidad, pues de este modo se conseguirá la reparación de algunas obras con especialidad la mejora de los caminos que en lo general están muy descuidados. Noticia publicada en el diario El Constitucional de Cundinamarca, Bogotá (76), Col. 1, Pág. 304, 19 de febrero de 1843. |
---|