Valoración de bienes comunes en edificaciones para viviendas superiores a 10 pisos, estudio de caso Conjunto Residencial Plaza Castilla de la Ciudad de Bogotá

Con esta propuesta metodológica se pretende dar un lineamiento para realizar el avalúo de zonas comunes sometidas a régimen de propiedad horizontal en área residencial que para el caso en práctica es el Conjunto Residencial Plaza Castilla, ubicado en la ciudad de Bogotá. Se trata de estimar un valor...

Full description

Autores:
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2022
Institución:
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
Repositorio:
RIUD: repositorio U. Distrital
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.udistrital.edu.co:11349/31036
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11349/31036
Palabra clave:
Edificio
Régimen de propiedad horizontal
Bienes comunes
Bienes comunes esenciales
Bienes comunes de uso exclusivo
Áreas de servicio
Especialización en Avalúos - Tesis y disertaciones académicas
Conjunto Residencial Nueva Castilla (Bogotá - Colombia)
Propiedad horizontal
Bienes muebles
Propiedad
Building
Horizontal property regime
Essential commons
Common goods
Common goods for exclusive use
Service areas
Rights
License
Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:Con esta propuesta metodológica se pretende dar un lineamiento para realizar el avalúo de zonas comunes sometidas a régimen de propiedad horizontal en área residencial que para el caso en práctica es el Conjunto Residencial Plaza Castilla, ubicado en la ciudad de Bogotá. Se trata de estimar un valor para constituir la póliza que ampare contra terremoto e incendio de acuerdo como lo estipula la ley 675 de 2001. La copropiedad cuenta con (2) dos torres, cada una de 15 pisos y 300 unidades de destinación habitacional, 291 garajes para residentes que son comunes de uso exclusivo incluidos 5 para discapacitados y 31 garajes de visitantes. Además, la copropiedad cuenta con (2) dos terrazas comunales, salón de eventos, piscina climatizada y gimnasio. De acuerdo con lo anterior y basado marco de la ley 675 de 2001 ART 15, se hace de carácter obligatorio que la copropiedad cuente con la constitución de póliza para sus zonas comunes, se realiza el avalúos en primera instancia los bienes comunes esenciales (ley 675 ART.3) de acuerdo a ello su clasificación de naturaleza indispensable y obligatorio para que el conjunto funcione, también los bienes comunes no esenciales que dentro de su clasificación se encuentran aquellos bienes muebles e inmuebles, maquinaria y equipos de acuerdo al inventario con el que cuenta la copropiedad. Para el ejercicio de la valoración de los bienes comunes se contó con material indispensable tales como reglamento de la propiedad horizontal, planos detallados de áreas privadas y comunes, póliza de seguro de bienes comunes actual, acceso a los bienes muebles y equipos así mismo de levantar un inventario fotográfico de estos para la ilustración del presente trabajo.