Estimación del detrimento patrimonial de zonas de cesión publicas generado por el uso y goce de propiedad privada en la Localidad de Chapinero de la ciudad de Bogotá D.C. caso de estudio:Upz 88 refugio
Teniendo en cuenta que el Estado Colombiano establecido a través de la Constitución Política de 1991 la protección del espacio público para el disfrute colectivo para los ciudadanos, es así que con la Ley 388 de 1997 se generan las políticas necesarias para incentivar la importancia que los predios...
- Autores:
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/25566
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/25566
- Palabra clave:
- Detrimento
patrimonial
zonas de cesión
Calculo
Especialización en Avalúos - Tesis y disertaciones académicas
Uso de la tierra - Chapinero (Localidad, Bogotá, Colombia)
Espacio público - Chapinero (Localidad, Bogotá, Colombia)
Detrimento patrimonial
Detriment
patrimonial
assignment areas
Calculo
- Rights
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional
Summary: | Teniendo en cuenta que el Estado Colombiano establecido a través de la Constitución Política de 1991 la protección del espacio público para el disfrute colectivo para los ciudadanos, es así que con la Ley 388 de 1997 se generan las políticas necesarias para incentivar la importancia que los predios cumplan con la función social de la propiedad y que la misma ciudadanía vea la necesidad de defender el espacio público creado para el disfrute colectivo. Se evidencia que en la ciudad de Bogotá, la administración municipal ha generado distintos Decretos Distritales y/o Resoluciones que exigen la creación del espacio público mediante la cesión de áreas destinadas para vías locales, equipamiento comunal y zonas verdes o recreativas ya sean en área de Renovación urbana o Nuevos desarrollos, para ello las entidades privadas o publica deben acreditar la entrega de dichas áreas mediante escrituras públicas y entregarlas a las entidades territoriales para su respectiva administración No obstante, lo anterior a través de los años se ha desconocido la importancia de la protección del espacio público creando y construyendo los espacios públicos o de cesión tipo A, convirtiéndolos en privados y sin entregarlos a las Alcaldías locales o Entidades Distritales que los administren. A su vez El Distrito ha realizado actividades especiales para la recuperación de estos espacios sin que reciban el valor agregado o de la participación lo que indica un posible Detrimento Patrimonial. Reconocido las diferentes situaciones que se han evidenciado, el presente trabajo intenta identificar predios o áreas de cesión que por alguna razón no se hayan entregado en el respectivo memento y así determinar posible afectación económica, para el caso específico en la Unidad de Planeamiento Zonal (UPZ) 88 El Refugio |
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