Acuerdo No. 10 de 1849 provisión de energía eléctrica y creación del consejo de Industria
La imagen contiene una noticia sobre el acuerdo número 10 de 1894, por el cual se dispone la provisión de energía eléctrica y la creación del Consejo de Industria. Este acuerdo declara la provisión de energía eléctrica como de utilidad pública y libera su uso en el municipio, pero excluye el servici...
- Autores:
-
Registro Municipal
Restrepo, Vicente
Londoño, Antonio M.
Cuella, Higinio
Pinilla, Ismael
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1894
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/42157
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/42157
- Palabra clave:
- Alumbrado eléctrico
Industria
Energía
Consejo de industria
Bogotá -- Historia -- Fuentes
Bogotá -- Historia -- Imágenes
Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1890-1895
Electric lighting
Industry
Energy
Industry council
- Rights
- License
- Abierto (Texto Completo)
Summary: | La imagen contiene una noticia sobre el acuerdo número 10 de 1894, por el cual se dispone la provisión de energía eléctrica y la creación del Consejo de Industria. Este acuerdo declara la provisión de energía eléctrica como de utilidad pública y libera su uso en el municipio, pero excluye el servicio telefónico. Se establece que los empresarios que deseen utilizar el espacio público para instalar conductores eléctricos deberán solicitar un permiso al Concejo Municipal. Además, se crea el Consejo de Industria, el cual servirá como órgano consultivo para todo lo relacionado con la provisión de energía eléctrica y otras empresas industriales. Este consejo se encargará de regular los contratos de licencia entre el municipio y los empresarios, estableciendo condiciones como el tiempo de duración, las causas que la hacen caducar, el precio máximo a cobrar por la energía, y el período en el cual debe comenzar el suministro. Finalmente, se establece que los contratos de licencia deberán ser elevados a escritura pública y que se entregará una copia al Consejo de Industria. Noticia publicada en el Registro Municipal. No. 650. Julio 30 de 1894, pág.3649. |
---|