Convención del Estado. Acta de Instalación

La imagen contiene una noticia sobre la Convención del Estado y el acta de instalación de la misma el 7 de septiembre de 1870.Señor Cornelio Manrique, Gobernador provisorio del Estado. En respuesta al Mensaje que, con esta fecha, han tenido a bien dirigir a la Convención, tengo la honor de trascribi...

Full description

Autores:
Diario de Cundinamarca
Salgar, J
Esguerra, Nicolas
Tipo de recurso:
http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
Fecha de publicación:
1870
Institución:
Universidad Distrital Francisco José de Caldas
Repositorio:
RIUD: repositorio U. Distrital
Idioma:
OAI Identifier:
oai:repository.udistrital.edu.co:11349/36959
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11349/36959
Palabra clave:
Asamblea Constituyente
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Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1800-1900
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Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Description
Summary:La imagen contiene una noticia sobre la Convención del Estado y el acta de instalación de la misma el 7 de septiembre de 1870.Señor Cornelio Manrique, Gobernador provisorio del Estado. En respuesta al Mensaje que, con esta fecha, han tenido a bien dirigir a la Convención, tengo la honor de trascribiros la siguiente proposición que ha sido aprobada unánimemente: "La Convención del Estado imparte un voto solemne de aprobación a la conducta del ciudadano Cornelio Manrique en el desempeño de sus funciones como Gobernador provisorio proclamado el 18 de julio último; se promete que aceptará el nombramiento que acaba de hacerse en él por la ley que organiza provisoriamente el Gobierno del Estado." ACTA DE INSTALACIÓN: En Bogotá, a las doce del día 8 de septiembre de 1870, señalado para la instalación de la Convención y del Estado, se reunieron en el local preparado al efecto, los ciudadanos Aníbal Galindo, Medardo Rívas, Nicolas Esquerra y Bruno Maldonado; Diputados por el círculo de Bogotá; Arístides Barroto, Diputado por el círculo de Ubaté; Daniel Aldana y Jose Maria Maldonado N, por el de Choconiá; Diego R. Guzmán, por el de Villeta; Andre D Aldana, Juan de Dios Riomalo, Benigno Guárnizo, Hortémédnes Safavia. Adolfo Amador, Domingo Ospina C.i Miguel Chiari, Rafuel Olaya Ricaurte, Miguel del Busto, Pablo Currea, Manuel 1. Narváez, Jerman Jiménez; Dionisio García, Octavio Salazar, Antonio Muñoz y Marcelino Várgas, José C. Romero, Joaquin Osorio, Luis Bernal, Eugenio Ortéga, Gregorio F. Gaitan, Adolfo Garcés, Juan Acevedo, Antonio Talero y Carlos Holguín; teniendo por presidente al señor Aldana Abelardo, a quien correspondía este puesto por el orden de los apellidos y nombres, y por Secretario al ciudadano Esguerra. Se verificó en seguida la elección de Presidente, y el resultado de la votación fue el siguiente: Por el ciudadano Januario Salgar, 24 votos. Por el ciudadano Nicolas Esguerra, 6 votos. La Convención declaró electo Presidente de ella al ciudadano Salgar, por haber alcanzado la mayoría absoluta de votos. Se verificó en seguida la elección del primer Vicepresidente, siendo escrutadores los mismos ciudadanos Barreto y Currea. Los votos resultaron distribuidos así: Por el ciudadano Aldana Daniel, 10 votos. Por el ciudadano Esguerra, 8 votos. Por el ciudadano Chiari, 12 votos. Por el ciudadano Galindo, 5 votos. Por el ciudadano Narváez, 9 votos. Por el ciudadano Guarnizo, 7 votos En el segundo escrutinio, los ciudadanos Esguerra y Aldaba obtuvieron una cantidad igual de votos para el primer Vicepresidente, y en el tercer escrutinio, el ciudadano Esguerra fue declarado electo primer Vicepresidente de la Convención. Se procedió a la elección de segundo Vicepresidente, y por votos se declaró electo al ciudadano Chiari. Se verificó la elección de Secretario, y el señor González fue declarado electo Secretario de la Convención. El Presidente comisionó al ciudadano Saravia para poner en conocimiento del encargado del Poder Ejecutivo la instalación de la Convención y la elección de sus empleados. En seguida se presentaron por el ciudadano Esguerra dos proyectos: uno de ley que organiza provisoriamente el Gobierno del Estado, y otro de Constitución política para el Estado soberano de Cundinamarca. En el curso de la sesión se hicieron varias propuestas y se tomaron decisiones con respecto a los proyectos presentados. Firmase en seguida por el Presidente y por el Secretario de la Convención, en presencia de ésta, la lei que organiza provisoriamente el Gobierno del Estado, y el ciudadano Esguerra fue nombrado para ponerla en manos del encargado del Poder Ejecutivo. En el curso de la sesión se levantó la misma y se acordó retomar el día siguiente. Se presentó en el salón el Secretario de Gobierno, quien felicitó al Estado y a la Convención por la instalación de ésta el día señalado al efecto. Concluida la lectura del mensaje, y habiendo despejado gestiones, se levantó la celebración a las tres de la tarde. Como resultado final, la Convención resolvió: “discutir artículo por artículo, en sesión permanente, la ley que organiza provisoriamente el Gobierno del Estado.” Es así que, a pesar de enfrentar varios desafíos en el proceso, se logró una instalación exitosa de la Convención y la aprobación de la ley que organiza provisoriamente el Gobierno del Estado. El proceso fue desafiante pero finalmente se logró el objetivo propuesto, estableciendo un hito importante en la historia del Estado. Publicada en el Diario de Cundinamarca el 13 de septiembre de 1870