Decreto de Junio 27
La imagen contiene una noticia acerca del Decreto de junio 27, formando tres distritos de reclusión, decreta. Art. 1º habrá en la república tres establecimientos de reclusión, el primero en Guaduas para los reos de las provincias del primer distrito de reclusión, que son Antioquia, Bogotá, Casanare,...
- Autores:
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Registro Oficial
- Tipo de recurso:
- http://purl.org/coar/resource_type/c_c513
- Fecha de publicación:
- 1844
- Institución:
- Universidad Distrital Francisco José de Caldas
- Repositorio:
- RIUD: repositorio U. Distrital
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repository.udistrital.edu.co:11349/34092
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11349/34092
- Palabra clave:
- Cárceles
Reos
Reclusión
Distrito
Bogotá -- Historia -- Fuentes
Bogotá -- Historia -- Imágenes
Bogotá -- Vida social y costumbres -- 1820-1850
Prisons
Prisoners
Seclusion
District
- Rights
- License
- Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional
Summary: | La imagen contiene una noticia acerca del Decreto de junio 27, formando tres distritos de reclusión, decreta. Art. 1º habrá en la república tres establecimientos de reclusión, el primero en Guaduas para los reos de las provincias del primer distrito de reclusión, que son Antioquia, Bogotá, Casanare, Mariquita, Mompós, Neiva, Pamplona, Socorro, Tunja y Vélez; el segundo en Popayán para los reos de las provincias que forman el segundo distrito que son los de Buenaventura, Cauca, Chocó, Pasto y Popayán; el tercero en las Bocas del Toro para los reos de las provincias del tercer distrito, que son las de Cartagena, Panamá, Riohacha, Santa Marta y Veraguás. Art. 2 Un decreto especial arreglará cada uno de estos establecimientos. Noticia publicada en el diario Registro Oficial, pág. 27, Col. 1, Bogotá 1844. |
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