¿Cómo se define y se garantiza el acceso al agua potable en los fallos de acción popular proferidos por el Consejo de Estado? Análisis dinámico de la jurisprudencia de la sección primera del Consejo de Estado

RESUMEN: El presente artículo pretende ilustrar el desarrollo que en la jurisprudencia del Consejo de Estado se le ha dado al derecho de acceso al agua potable, en las controversias resueltas por medio de la acción popular, logrando de esta forma aportar a la discusión que sostiene el profesor Diego...

Full description

Autores:
Flórez Medina, Francisco Javier
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/16561
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/16561
Palabra clave:
Derechos humanos colectivos
Collective human rights
Derecho al agua potable - Colombia
Colombia. Consejo de Estado - Jurisprudencia
Acciones populares
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept555
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:RESUMEN: El presente artículo pretende ilustrar el desarrollo que en la jurisprudencia del Consejo de Estado se le ha dado al derecho de acceso al agua potable, en las controversias resueltas por medio de la acción popular, logrando de esta forma aportar a la discusión que sostiene el profesor Diego López Medina (2007) en su obra, “El derecho de los jueces: Obligatoriedad del precedente constitucional, análisis de sentencias y líneas jurisprudenciales y teoría del derecho judicial”, la cual trata el tema relacionado con la aplicación de la doctrina del precedente vinculante en las altas cortes Colombianas y algunos problemas en el desarrollo de su aplicación. Al respecto, se reafirma con los hallazgos generados en este texto, las tesis planteadas por el autor mencionado, en cuanto a la forma de usar la jurisprudencia por parte del Consejo de Estado. Ya que se evidencia, que en ocasiones no se aplica la jurisprudencia como precedente vinculante al momento de resolver casos que tienen que ver con el derecho de acceso al agua potable. A pesar de esto, se ha identificado la jurisprudencia que esta corporación ha sostenido en materia de derecho de acceso al agua potable, al considerarla en principio como un servicio público que tiene que ver con la salubridad pública y luego, como un derecho fundamental y colectivo