Análisis desde la óptica colombiana de las posibles consecuencias generadas por la suscripción de nuevos convenios para evitar la doble imposición - CDI, con respecto a la activación de la cláusula de nación más favorecida - NMF

RESUMEN: En los últimos 15 años, Colombia ha suscrito Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI), en donde ha negociado la potestad tributaria sobre los diferentes tipos de rentas; en dichos convenios aplica la Cláusula de Nación Más Favorecida (NMF), la cual establece la posibilidad de generar...

Full description

Autores:
Rodríguez Bello, Juan Carlos
Granada Restrepo, Juan Esteban
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/18492
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/18492
Palabra clave:
Doble tributación
Double taxation
CDI (Convenios de doble imposición)
Cláusula de Nación más Favorecida (CNMF)
Tributación internacional
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: En los últimos 15 años, Colombia ha suscrito Convenios para evitar la Doble Imposición (CDI), en donde ha negociado la potestad tributaria sobre los diferentes tipos de rentas; en dichos convenios aplica la Cláusula de Nación Más Favorecida (NMF), la cual establece la posibilidad de generar la extensión automática a los convenios ya existentes de cualquier mejor tratamiento que se estipule en un convenio suscrito con otra jurisdicción de forma posterior. Recientemente, entró en vigor el CDI entre Colombia y Reino Unido (13/12/2019), en el cual se abandona la postura que se ha dado históricamente en lo que respecta a los servicios técnicos, la asistencia técnica y la consultoría, los cuales se califican dentro del concepto “regalías”, lo que implicaba en muchos casos que los prestadores de estos servicios debían tributar por esos ingresos tanto en el estado de la fuente como de la residencia, dándose así una potestad tributaria compartida, lo que no permite en muchos casos la eliminación de la doble imposición que se puede generar en su totalidad. El cambio de postura implica tratar dichos conceptos bajo el concepto de beneficios empresariales, esto genera que sólo pueda gravar dichas rentas el país de Residencia Fiscal. Como consecuencia de lo anterior se deberá activar la cláusula de NMF en los anteriores CDI suscritos por Colombia con otros países, desprendiéndose así una serie de incidencias que repercuten negativamente en los ingresos tributarios recibidos por Colombia.