Calidades para acceder a cargos y corporaciones públicas de elección popular : un acercamiento al debate sobre el requisito de edad

RESUMEN: Este artículo estudia el requisito de edad como condición para acceder a los cargos y a las corporaciones públicas de elección popular en Colombia. Se plantea un recorrido por las normas constitucionales que autorizan al legislador fijar las calidades, incluyendo la edad, así como las norma...

Full description

Autores:
Redondo Montañez, Saira Pilar
Tipo de recurso:
Tesis
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/26545
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/26545
Palabra clave:
Funcionario público
Civil servants
Derechos civiles
Civil and political rights
Elecciones populares - Colombia
Participación ciudadana - Colombia
Derechos políticos - Colombia
Funcionarios públicos - Inhabilidades
Regimen de inhabilidades e incompatibilidades
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept5331
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept554
Rights
openAccess
License
http://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/2.5/co/
Description
Summary:RESUMEN: Este artículo estudia el requisito de edad como condición para acceder a los cargos y a las corporaciones públicas de elección popular en Colombia. Se plantea un recorrido por las normas constitucionales que autorizan al legislador fijar las calidades, incluyendo la edad, así como las normas legales que materializan esta facultad, y algunas jurisprudencias que se han producido sobre este tema. Este examen permite evidenciar algunas irregularidades halladas. En particular, se entrará a considerar si el legislador quedó facultado para señalar las calidades de los Diputados y determinar la edad para acceder a dicha corporación pública. Debido a que en la práctica existe una interpretación errada del artículo 45 del Decreto 1222 de 1986 y del artículo 299 de la Constitución Política, en algunas páginas web de orden gubernamental, se presenta publicado como requisito para pertenecer a la Asamblea Departamental el ser mayor de 25 años, edad superior a la estipulada en la Constitución Política. Lo anterior estimo de suma gravedad, ya que vulnera los Derechos Políticos, en un Estado constituido dentro de un marco jurídico, democrático y participativo.