La pensión especial de vejez por hijo con discapacidad; una mirada problematizadora

RESUMEN: A partir de la promulgación de la ley 100 de 1993, se adoptó en Colombia un Sistema de Seguridad Social Integral que a través de los años ha sufrido una serie de modificaciones como por el ejemplo la contemplada en el artículo 9 de la Ley 797 de 2003, el cual modificó el artículo 33 origina...

Full description

Autores:
Pulido Barbosa, Rhonald Stiven
Villegas Murillo, Johan Mauricio
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2020
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/16146
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/16146
Palabra clave:
Personas con Discapacidad
Disabled Persons
Necesidades básicas
Basic needs
Política social
Social policy
Pensiones a la vejez
Old age pensions
Seguridad social - Colombia
Social security - Colombia
Sistema de pensiones - Colombia
Discapacidad y calidad de vida
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept413
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept3614
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:RESUMEN: A partir de la promulgación de la ley 100 de 1993, se adoptó en Colombia un Sistema de Seguridad Social Integral que a través de los años ha sufrido una serie de modificaciones como por el ejemplo la contemplada en el artículo 9 de la Ley 797 de 2003, el cual modificó el artículo 33 original para incluir la pensión especial de vejez por hijo con discapacidad como una herramienta de protección para las personas con discapacidad, no obstante, y aun cuando la disposición ha sido modificada en su contenido y alcance, desde un análisis de proporcionalidad, se observa que los requisitos establecidos para su causación se constituyen como una barrera que dificultan su acceso. Este artículo tiene como fin, hacer una mirada crítica de la pensión especial de vejez por hijo con discapacidad, a partir del concepto de discapacidad que trae el modelo social y que fue adoptado por Colombia en la Constitución Política de 1991, y de un análisis de proporcionalidad a la luz del derecho a la Dignidad humana y a la Igualdad.