¿Prohibir la minería desde lo local? Autonomía territorial en la regulación de los usos del suelo y protección del medio ambiente. A propósito de los acuerdos municipales de los municipios Caicedo, Cañasgordas, Jardín, Támesis y Urrao, Antioquia, 2012-2013

RESUMEN: El Estado colombiano a partir de 1991 transformó su modelo de organización territorial, el cual hasta entonces se definía a partir de la prevalencia del principio unitario. La Carta Política de 1991 instituyó el ordenamiento jurídico a partir de una serie de principios entre estos, la auton...

Full description

Autores:
Osorio Jaramillo, Luis Guillermo
Torres Ocampo, Yorman Efraín
Tipo de recurso:
Trabajo de grado de pregrado
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad de Antioquia
Repositorio:
Repositorio UdeA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/10426
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/10495/10426
Palabra clave:
Autonomía territorial
Conservación del medio ambiente
Democracia participativa
Desarrollo sostenible
Distribución de competencias
Industria minera
Minería a cielo abierto
Minería - Impacto ambiental
Ordenamiento territorial
Participación ciudadana
Uso del suelo
Citizen participation
Mining industry and finance
Sustainable development
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-CompartirIgual 2.5 Colombia
Description
Summary:RESUMEN: El Estado colombiano a partir de 1991 transformó su modelo de organización territorial, el cual hasta entonces se definía a partir de la prevalencia del principio unitario. La Carta Política de 1991 instituyó el ordenamiento jurídico a partir de una serie de principios entre estos, la autonomía de las entidades territoriales, la descentralización, el principio democrático y el de pluralismo. Pese al establecimiento y la distribución de competencias territoriales con respecto a la reglamentación de los usos del suelo y la protección del medio ambiente, en el ordenamiento normativo y regulador en materia minera se ha favorecido una concepción que difiere del modelo territorial planteado por la Constitución Política. Esta divergencia se evidencia en la legislación minera y en especial, en lo que establecía el artículo 37 del Código de Minas o Ley 685 de 2001. Este trabajo pretende analizar y verificar la incidencia de esta disposición normativa en la interpretación del modelo organizativo del Estado y en la limitación de las competencias atribuidas por la Constitución Política a las entidades territoriales, a partir del análisis de los fundamentos y argumentos fácticos y jurídicos de cinco acuerdos municipales de entidades territoriales del Departamento de Antioquia y de los respectivos controles de legalidad y constitucionalidad realizados por el Tribunal Administrativo de Antioquia.