Garantía del debido proceso en el trámite disciplinario adelantado por las Personerías Municipales en Colombia a la luz de los cambios normativos dados entre los años 2019 al 2021
RESUMEN: El Derecho Disciplinario en Colombia ha sido objeto de una profunda transformación dogmática en los últimos tres años, en garantía del derecho al debido proceso, teniendo en cuenta las recientes reformas normativas, contenidas en las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021, que entrarán en vigenc...
- Autores:
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Lozano Rozo, Jessica Paola
- Tipo de recurso:
- Tesis
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad de Antioquia
- Repositorio:
- Repositorio UdeA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/25755
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10495/25755
- Palabra clave:
- Funcionario público
Civil servants
Debido proceso (Derecho)
Control de convencionalidad
Personerías
Garantías procesales
Procuraduría General de la Nación
Proceso disciplinario - Colombia
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept5331
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | RESUMEN: El Derecho Disciplinario en Colombia ha sido objeto de una profunda transformación dogmática en los últimos tres años, en garantía del derecho al debido proceso, teniendo en cuenta las recientes reformas normativas, contenidas en las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021, que entrarán en vigencia cabalmente el 29 de marzo de 2022. Sin embargo, la reforma más reciente, no ha sido objeto de revisión de constitucionalidad. En cumplimiento al bloque de convencionalidad, se introducen principios procesales tales como la doble instancia, la doble conformidad y el principio acusatorio, donde un funcionario sea el que investigue, y otro funcionario con imparcialidad e independencia sea el que juzgue al disciplinable. Así mismo, el principio de jurisdiccionalidad se estatuye en cabeza de la Procuraduría General de la Nación y es exclusivo para servidores públicos de elección popular. A partir de este esquema procesal, la norma prevé que las Personerías Municipales deben asegurar el cumplimiento de estas garantías procesales y de no poder adaptar su estructura al trámite del nuevo procedimiento administrativo disciplinario, deberán remitir sus actuaciones a la Procuraduría General de la Nación. |
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