El enriquecimiento sin causa a partir de la sentencia de unificación del Consejo de Estado del año 2012, limitación a la tutela judicial efectiva
RESUMEN: Por constructo jurisprudencial se ha desarrollado el enriquecimiento sin causa como principio del derecho y fuente de las obligaciones, para restituir traslados patrimoniales injustificados, el que fuera extendido a la jurisdicción contenciosa para los hechos cumplidos, esto es, cuando la a...
- Autores:
-
Echeverri Correa, Hugo Alberto
- Tipo de recurso:
- Tesis
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad de Antioquia
- Repositorio:
- Repositorio UdeA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:bibliotecadigital.udea.edu.co:10495/24641
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10495/24641
- Palabra clave:
- Derecho público
Public law
Enriquecimiento sin causa
Derecho de acción
Derecho a la tutela judicial
Contratación pública
http://vocabularies.unesco.org/thesaurus/concept550
- Rights
- openAccess
- License
- http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/co/
Summary: | RESUMEN: Por constructo jurisprudencial se ha desarrollado el enriquecimiento sin causa como principio del derecho y fuente de las obligaciones, para restituir traslados patrimoniales injustificados, el que fuera extendido a la jurisdicción contenciosa para los hechos cumplidos, esto es, cuando la administración se enriquece con ausencia de soporte contractual; y entonces, ante la tensión que supone la equidad entre relaciones jurídicas y la legalidad de las formas, el Consejo de Estado divagó sobre la procedencia de la institución, pero con sentencia de unificación del 19 de noviembre 2012, definió su carácter excepcional, y lo circunscribió a tres hipótesis, porque omitir la solemnidad habilitante, implica actuar de mala fe del empobrecido, y por tanto, la jurisprudencia posterior ha supuesto un sacrificio al valor procesal de la tutela judicial efectiva, porque de antemano están condenadas estas pretensiones compensatorias, aun cuando cumplan los requisitos para su procedencia, y torna nugatorio el derecho a restablecer. |
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