Evolución del derecho de protección de datos personales en Colombia respecto a estándares internacionales.
Colombia ha evolucionado en materia de protección de datos en los últimos años con la implementación de nuevas normas que tienen como fin salvaguardar los derechos y deberes fundamentales, así como los procedimientos y recursos para la protección de los mismos. A partir de la jurisprudencia constitu...
- Autores:
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Rojas-Bejarano, Marcela
- Tipo de recurso:
- Article of investigation
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Católica de Colombia
- Repositorio:
- RIUCaC - Repositorio U. Católica
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Colombia ha evolucionado en materia de protección de datos en los últimos años con la implementación de nuevas normas que tienen como fin salvaguardar los derechos y deberes fundamentales, así como los procedimientos y recursos para la protección de los mismos. A partir de la jurisprudencia constitucional, se consideró el derecho de habeas como un derecho fundamental autónomo, distinguible de otras garantías como la intimidad y el buen nombre. No obstante, a la luz de los estándares internacionales para su efectiva protección requiere estrategias que, de manera armónica, garanticen su seguridad jurídica. Este proceso evolutivo en materia de protección de datos ha sido motivo de intensos debates y críticas en diferentes sectores que denuncian la ausencia de mecanismos efectivos e idóneos para tutelar el derecho fundamental de habeas data establecido en la Constitución Política. En este artículo se busca mostrar el panorama normativo y su evolución frente a la sociedad de la información y las telecomunicaciones, en cumplimiento de las normas aplicables al sector privado y público y el Derecho comparado. Para el efecto, se revisaron normas generales y textos constitucionales tanto en el ámbito nacional como internacional. |
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Constitución Política. Bogotá D. C.: Legis, 2010. Colombia, Congreso de la República. Ley 1266 de 2008, “Por la cual se dictan las disposiciones generales del habeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países”. Bogotá: Diario Oficial No. 47.219, 31 de diciembre de 2008. Colombia, Congreso de la República. Ley 1581 de 2012, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. Bogotá: Diario Oficial No. 48.587, 18 de octubre de 2012. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-1011 de 16 de octubre de 2008. M. P. Jaime Córdoba Triviño. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-334 de 12 de mayo de 2010. M. P. Juan Carlos Henao Pérez. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-748 de 6 de octubre de 2011. M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia SU-082 de1 de marzo de 1995. M. P. Jorge Arango Mejía. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-176 de 24 de abril de 1995. M. P. Eduardo Cifuentes Muñoz. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-261 de 20 de junio de 1995. M. P. José Gregorio Hernández Galindo. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-340 de 25 de agosto de 1993. M. P. Carlos Gaviria Díaz. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-414 de16 de junio de 1992. M. P. Ciro Angarita Barón. Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-729 de 5 de septiembre de 2002. M. P. Eduardo Montealegre Lynett. Colombia, Presidencia de la República. Decreto Nacional 1377 de 2013, “Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012”. Bogotá: Diario Oficial No. 48.834, 27 de junio de 2013. Colombia, Presidencia de la República. Decreto Nacional 1727 de 2009, “Por el cual se determina la forma en la cual los operadores de los bancos de datos de información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países, deben presentar la información de los titulares de la información”. Bogotá: Diario Oficial No. 47.350, 15 de mayo de 2009. Colombia, Presidencia de la República. Decreto Nacional 2952 de 2010, “Por el cual se reglamentan los artículos 12 y 13 de la Ley 1266 de 2008”. Bogotá: Diario Oficial No. 47.793, 6 de agosto de 2010. Consejo de Europa. Convenio 108. Estrasburgo, 28 de enero de 1981. Consejo de Europa. Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales. Roma, 4 de noviembre de 1950, enmendado por los Protocolos adicionales números 3 y 5, de 6 de mayo de 1963 y 20 de enero de 1966, respectivamente. España, Jefatura de Estado. Ley Orgánica 15/1999, “Protección de datos de carácter personal”. Madrid: BOE núm. 298, 14 de diciembre de 1999. España, Ministerio de Justicia. Real Decreto 1720/2007, “Por la cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal”. Madrid: BOE núm. 17, 19 de enero de 2008. García Vargas, Claudia. Investigadora Grupo G-TICCY. Bogotá. D. C. Universidad Católica de Colombia, 2013. Herrán Ortiz, Ana. El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos. Madrid: Dykinson, 2002. OCDE. Directriz. Protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales. París, 23 de septiembre de 1980. Organización de Estados Americanos [OEA], Asamblea General. Cuadragésimo primer período ordinario de sesiones. San Salvador, del 5 al 7 de junio de 2011. 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Este proceso evolutivo en materia de protección de datos ha sido motivo de intensos debates y críticas en diferentes sectores que denuncian la ausencia de mecanismos efectivos e idóneos para tutelar el derecho fundamental de habeas data establecido en la Constitución Política. En este artículo se busca mostrar el panorama normativo y su evolución frente a la sociedad de la información y las telecomunicaciones, en cumplimiento de las normas aplicables al sector privado y público y el Derecho comparado. Para el efecto, se revisaron normas generales y textos constitucionales tanto en el ámbito nacional como internacional.Colombia has evolved in the matter of data protection in the last years through new norms, whose main aim is to safeguard the fundamental rights and duties, as well as the procedures and resources that protect them. On the basis of the Constitutional Jurisprudence, the right of habeas was considered an autonomous fundamental right distinguished from other guarantees such as privacy and good reputation. Nonetheless, for its effective protection in the light of international standards, mechanisms that guarantee its legal security in a harmonious way are required. This evolving process in the matter of data protection has been the cause of intense debates and criticism in different sectors that denounce the absence of effective and well suited mechanisms to safeguard the fundamental right of Habeas data established in the Political Constitution. The purpose of this paper is to show the normative landscape and its evolution facing towards the society of information and telecommunications in compliance with the applicable norms to the private and public sectors, and comparative law. To this end, a review of national and international general norms and constitutional texts was performed.application/pdf10.14718/NovumJus.2014.8.1.62500-86921692-6013https://hdl.handle.net/10983/29506https://doi.org/10.14718/NovumJus.2014.8.1.6spaUniversidad Catolica de Colombiahttps://novumjus.ucatolica.edu.co/article/download/652/670Núm. 1 , Año 2014 : Enero - Junio13911078Novum JusAgencia Española de Protección de Datos. “Declaración de La Antigua”. http://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php (acceso enero 31, 2014).Agencia Española de Protección de Datos. “Informe sobre transferencia internacional de datos”. http://www.agpd.es/portalwebAGPD/jornadas/transferencias_internacionales_datos/common/pdfs/INFORME_TIs.pdf (acceso febrero 10, 2014).Alemania. “Ley del Censo. Informática Jurídica”. http://www.informatica-juridica.com/jurisprudencia/alemania.asp (acceso febrero 3, 2014).Asamblea del Consejo de Europa. Resolución 509 sobre Los derechos humanos y los nuevos logros científicos y técnicos. Estrasburgo, 31 de enero de 1968.Castillo Jiménez, Cinta. “Protección de Datos Personales”. Ponencia presentada en el XVII Curso de Informática y Derecho, Mérida, 1991.Cepal. “Panorama del derecho informático en América Latina y el Caribe”. http://www.eclac.org/ddpe/publicaciones/xml/8/38898/W302.pdf (acceso marzo 31, 2014).Colombia, Congreso de la República. Constitución Política. Bogotá D. C.: Legis, 2010.Colombia, Congreso de la República. Ley 1266 de 2008, “Por la cual se dictan las disposiciones generales del habeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países”. Bogotá: Diario Oficial No. 47.219, 31 de diciembre de 2008.Colombia, Congreso de la República. Ley 1581 de 2012, “Por la cual se dictan disposiciones generales para la protección de datos personales. Bogotá: Diario Oficial No. 48.587, 18 de octubre de 2012.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-1011 de 16 de octubre de 2008. M. P. Jaime Córdoba Triviño.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-334 de 12 de mayo de 2010. M. P. Juan Carlos Henao Pérez.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia C-748 de 6 de octubre de 2011. M. P. Jorge Ignacio Pretelt Chaljub.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia SU-082 de1 de marzo de 1995. M. P. Jorge Arango Mejía.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-176 de 24 de abril de 1995. M. P. Eduardo Cifuentes Muñoz.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-261 de 20 de junio de 1995. M. P. José Gregorio Hernández Galindo.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-340 de 25 de agosto de 1993. M. P. Carlos Gaviria Díaz.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-414 de16 de junio de 1992. M. P. Ciro Angarita Barón.Colombia, Corte Constitucional. Sentencia T-729 de 5 de septiembre de 2002. M. P. 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Roma, 4 de noviembre de 1950, enmendado por los Protocolos adicionales números 3 y 5, de 6 de mayo de 1963 y 20 de enero de 1966, respectivamente.España, Jefatura de Estado. Ley Orgánica 15/1999, “Protección de datos de carácter personal”. Madrid: BOE núm. 298, 14 de diciembre de 1999.España, Ministerio de Justicia. Real Decreto 1720/2007, “Por la cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal”. Madrid: BOE núm. 17, 19 de enero de 2008.García Vargas, Claudia. Investigadora Grupo G-TICCY. Bogotá. D. C. Universidad Católica de Colombia, 2013.Herrán Ortiz, Ana. El derecho a la intimidad en la nueva Ley Orgánica de Protección de Datos. Madrid: Dykinson, 2002.OCDE. Directriz. Protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales. París, 23 de septiembre de 1980.Organización de Estados Americanos [OEA], Asamblea General. Cuadragésimo primer período ordinario de sesiones. San Salvador, del 5 al 7 de junio de 2011.Organización de Estados Americanos [OEA], Comisión de Asuntos Jurídicos y Políticos. “Principios y recomendaciones preliminares sobre la protección de datos personales”. http://www.oas.org/dil/esp/CP-CAJP-2921-10_rev1_corr1_esp.pdf (acceso enero 29, 2014).Organización de Estados Americanos [OEA]. AG/RES. 2661 (XLI-O/11), San Salvador, 7 de junio de 2011.Organización de Naciones Unidas [ONU]. Regulación de los archivos de datos personales informatizados, adoptadas mediante Resolución 45/95 de la Asamblea General. Nueva York, 14 de diciembre de 1990.Parlamento Europeo y Consejo. Directiva 95/46/CE, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos. Bruselas, 24 de octubre de 1995.Piñar Mañas, José. La Red Iberoamericana de Protección de Datos: declaraciones y documentos. 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