Las uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina
La unión convivencial y el reconocimiento de "otros" derechos por fuera del Título III del Código Civil de Vélez es una novedad que introduce el Proyecto de reforma y unificación del Código Civil 2012, en su Libro II, "Familia". Su Título III regula la "unión convivencial&qu...
- Autores:
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Andrade-Otaiza, José Vicente
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2018
- Institución:
- Universidad Católica de Colombia
- Repositorio:
- RIUCaC - Repositorio U. Católica
- Idioma:
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- OAI Identifier:
- oai:repository.ucatolica.edu.co:10983/16351
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/10983/16351
- Palabra clave:
- CONCUBINATO
UNIÓN CONVIVENCIAL
AUTONOMÍA DE LA VOLUNTAD
ORDEN PÚBLICO
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La unión convivencial y el reconocimiento de "otros" derechos por fuera del Título III del Código Civil de Vélez es una novedad que introduce el Proyecto de reforma y unificación del Código Civil 2012, en su Libro II, "Familia". Su Título III regula la "unión convivencial", antes —peyorativamente— "unión concubinaria" o "concubinato". El objetivo del artículo es indagar sobre los antecedentes de dicha regulación, para comprender su marco legal, así como precisar el problema entre el principio de autonomía de la voluntad y la noción de orden público o el modo como resuelve la dualidad entre el derecho a no casarse y el derecho a una protección integral de la familia, cualquiera que sea su forma. Se plantea la pregunta: ¿La unión convivencial es el mecanismo idóneo para resolver la tensión social entre el matrimonio y las uniones de hecho, con respeto de principios y valores constitucionales? La posibilidad de que las parejas unidas convivencialmente sean beneficiarias de la protección prevista para la vivienda y estén legitimadas para reclamar indemnización por daños ante la muerte de su pareja, entre otros aspectos, son razones para considerar que hay más de una forma de familia, no solo sustentada en vínculos genéticos, sino también afectivos. Esta consagración no es una creación de los redactores del Proyecto, sino un reconocimiento a las corrientes jurisprudenciales y doctrinarias que, sobre todo después de la reforma constitucional de 1994, proponían la ampliación de derechos a esta estructura familiar y afectiva distinta al matrimonio. |
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Andrade-Otaiza, José Vicente3351dc04-ad9d-4596-83f3-0d2607fd94992018-08-15T21:51:15Z2018-08-15T21:51:15Z2018-06La unión convivencial y el reconocimiento de "otros" derechos por fuera del Título III del Código Civil de Vélez es una novedad que introduce el Proyecto de reforma y unificación del Código Civil 2012, en su Libro II, "Familia". Su Título III regula la "unión convivencial", antes —peyorativamente— "unión concubinaria" o "concubinato". El objetivo del artículo es indagar sobre los antecedentes de dicha regulación, para comprender su marco legal, así como precisar el problema entre el principio de autonomía de la voluntad y la noción de orden público o el modo como resuelve la dualidad entre el derecho a no casarse y el derecho a una protección integral de la familia, cualquiera que sea su forma. Se plantea la pregunta: ¿La unión convivencial es el mecanismo idóneo para resolver la tensión social entre el matrimonio y las uniones de hecho, con respeto de principios y valores constitucionales? La posibilidad de que las parejas unidas convivencialmente sean beneficiarias de la protección prevista para la vivienda y estén legitimadas para reclamar indemnización por daños ante la muerte de su pareja, entre otros aspectos, son razones para considerar que hay más de una forma de familia, no solo sustentada en vínculos genéticos, sino también afectivos. Esta consagración no es una creación de los redactores del Proyecto, sino un reconocimiento a las corrientes jurisprudenciales y doctrinarias que, sobre todo después de la reforma constitucional de 1994, proponían la ampliación de derechos a esta estructura familiar y afectiva distinta al matrimonio.Domestic unions and the acknowledgment of "other" rights outside of Title III of the Civil Code of Argentina are some of the novelties introduced in "Family," the Second Book of the 2012 Civil Code Reform and Unification Project. Title III regulates the "domestic union," formerly known as "concubinary union" or "concubinage".The purpose of this paper is to investigate the background of said regulation in order to understand its legal framework. It also seeks to identify the problem between the principle of autonomy and the idea of public order, or the duality between the right not to marry and the right to a comprehensive protection of the family: Is domestic union the ideal mechanism to solve the social tension between marriage and de facto unions while respecting constitutional principles and values? The possibility that cohabitating couples will benefit from housing protection and be entitled to compensation for damages resulting from the death of their partner, among other things, are reasons to believe there is more than one type of family, based not only on genetics but also on affectional bonds. This is not a creation of the leaders of the project, but an acknowledgment of the jurisprudence and doctrines that, particularly following the constitutional reform of 1994, proposed extending the rights to this type of family and affective structure, different from marriage.application/pdfAndrade Otaiza, J. (2018). Las uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina. Novum Jus: Revista Especializada en Sociología Jurídica y Política, 12(1), 85-106. doi:http://dx.doi.org/10.14718/NovumJus.2017.12.1.41692-6013http://hdl.handle.net/10983/16351spaUniversidad Católica de Colombia. Facultad de DerechoNovum Jus: Revista Especializada en Sociología Jurídica y Política; Vol. 12, no. 1 (ene.- jun. 2018); p. 85-106Argentina, Congreso de la Nación. Ley 24.241, "Sistema integrado de jubilaciones y pensiones". Buenos Aires: Boletín Oficial No. 27745, 18 de octubre de 1993.Argentina, Congreso de la Nación. Ley 26.994, "Código Civil y Comercial de la Nación". Buenos Aires: Boletín Oficial No. 32.985, 8 de octubre de 2014.Argentina, Congreso de la Nación. Ley 340, "Código Civil". Buenos Aires: RN No. 1863/69, 25 de septiembre de 1869.Argentina, Presidencia de la Nación. Ley 21.297, "Integración de comisiones para el estudio y elaboración de proyectos de ley-modificación de la Ley 20.744 y derogación de la Ley 20695". Buenos Aires: Boletín Oficial, 29 de abril de 1976.Argentina, Presidencia de la Nación. Ley 21.342, "Normalización de locaciones urbanas. Régimen que reemplaza al instituido por la Ley 20.625 y sus prórrogas". Buenos Aires: Boletín Oficial No. 23.437, 30 de junio de 1976.Bueres, Alberto J., dir. "Código Civil y Comercial de la Nación: analizado, comparado y concordado. Buenos Aires: Hammurabi, 2015.Capparelli, Julio César. "El tratamiento de las uniones de hecho en la Argentina (1810-2010)" en Estudios de derecho civil con motivo del bicentenario, dirigido por Julio Conte-Grand y coordinado por Gabriel de Reina Tartière, 311-332. Buenos Aires: El Derecho, 2011.Herrera, Daniel. "Algunas reflexiones sobre los fundamentos del Código". http://bibliotecadigital.uca.edu.ar/repositorio/contribuciones/algunas-reflexiones-fundamentos-codigo-herrera.pdf(acceso agosto 19, 2010).Molina de Juan, Mariel. "Las uniones convivenciales en el derecho proyectado argentino. ¿Será lo mismo casarse que no casarse?". Lumen, Revista de la Facultad de Derecho de la Universidad Femenina del Sagrado Corazón 9 (2015): 99-110, http://www.unife.edu.pe/publicaciones/revistas/derecho/lumen_9/10.pdfOtero, Mariano. Matrimonio, disolución del matrimonio, Régimen patrimonial del matrimonio, Uniones convivenciales, procesos de familia. Buenos Aires: Estudio, 2015.Pellegrini, María V. "El convenio regulador del divorcio en el Código Civil y Comercial".http://colectivoderechofamilia.com/wp-content/uploads/2015/06/MVP-El-convenio-regulador-del-divorcio-en-el-Código-Civil-y-Comercial.pdf (acceso octubre 31, 2014).Perrino, Jorge. "Matrimonioy uniones de hecho: diferencias' en Análisis del proyecto de nuevo Código Civil y Comercial 2012, editado por J. N. Lafferrière, 245-270. Buenos Aires: Universidad Católica de Argentina, 2012.Pucheta, Leonardo. "Los cambios en el derecho de familia en el nuevo Código Civil". http://centrodebioetica.org/2014/10/3148/#_ftnref1 (acceso octubre 31, 2014).Riba, María Andrea. "La legitimación del concubino para solicitar resarcimiento por daños y perjuicios" en Anuario de derecho civil de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Tomo XI, editado por Luis Moisset de Espanés, 101-110. Buenos Aires: Alveroni Editores, 2011.Suprema Corte de Justicia. Sentencia de 14 de septiembre de 2009, causa C. 100.285, R. A. H. contra Kelly, Santiago y otros. Daños y perjuicios. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.Zannoni, Eduardo A., Marina Mariani de Vidal, Jorge Osvaldo Zunino, Fernando Shina, Gloria Ramos y Aída Kemelmajer de Carlucci. Código Civil y Comercial. Concordado con el régimen derogado y referenciado con legislación vigente. Buenos Aires: Astrea, 2015. 7Derechos Reservados - Universidad Católica de Colombia, 2018info:eu-repo/semantics/openAccessAtribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0 Internacional (CC BY-NC-ND 4.0)https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/http://purl.org/coar/access_right/c_abf2CONCUBINATOUNIÓN CONVIVENCIALAUTONOMÍA DE LA VOLUNTADORDEN PÚBLICODERECHOSMATRIMONIORESPONSABILIDADSOLIDARIDADCONCUBINAGECOEXISTENCEAUTONOMYPUBLIC ORDERRIGHTSMARRIAGERESPONSIBILITYSOLIDARITYLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentinaConjugal unions in argentina's new civil legislationArtículo de revistahttp://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1Textinfo:eu-repo/semantics/articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTinfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85PublicationORIGINALLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdfLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdfArtículo en españolapplication/pdf1122435https://repository.ucatolica.edu.co/bitstreams/212c6b24-d922-4270-b637-cbca11998c85/downloadf467bdd6d57a90fce349457e5f9d625fMD51TEXTLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdf.txtLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdf.txtExtracted texttext/plain56291https://repository.ucatolica.edu.co/bitstreams/f4618184-8a4c-42c0-9a2b-bb5718de151c/downloadcbcd824c4c1f1ba14085ed43abd2aed5MD52THUMBNAILLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdf.jpgLas uniones convivenciales en la nueva legislación civil argentina.pdf.jpgRIUCACimage/jpeg53633https://repository.ucatolica.edu.co/bitstreams/2fa71cb3-7ec8-4965-9e4a-59d92aaad13c/download561432366e80cdcf1705337530c443e8MD5310983/16351oai:repository.ucatolica.edu.co:10983/163512023-03-24 16:50:32.791https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/Derechos Reservados - Universidad Católica de Colombia, 2018https://repository.ucatolica.edu.coRepositorio Institucional Universidad Católica de Colombia - RIUCaCbdigital@metabiblioteca.com |