Las garantías constitucionales ante las medidas de aseguramiento privativas de la libertad.
En el contexto de la aplicación de la norma penal para la imposición de las medidas de aseguramiento privativas de la liberta es imperativo que el juez tenga en cuenta las garantías constitucionales que aparecen en el artículo 29. Entonces, desde la perspectiva del Estado Social de Derecho, emerge l...
- Autores:
-
Norman Javier Pichott Pérez
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad de Cartagena
- Repositorio:
- Repositorio Universidad de Cartagena
- Idioma:
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unicartagena.edu.co:11227/18511
- Acceso en línea:
- https://hdl.handle.net/11227/18511
- Palabra clave:
- Investigación educativa
Investigación cualitativo- analisis de datos
Libertad personal
- Rights
- openAccess
- License
- Derechos reservados, Universidad de Cartagena.
Summary: | En el contexto de la aplicación de la norma penal para la imposición de las medidas de aseguramiento privativas de la liberta es imperativo que el juez tenga en cuenta las garantías constitucionales que aparecen en el artículo 29. Entonces, desde la perspectiva del Estado Social de Derecho, emerge la premisa de proteger los derechos fundamentales de los imputados como mecanismo para preservar su integridad, física, social y jurídica. Por tal razón, en el presente artículo, se plantea una reflexión que, a partir de un recorrido por la normativa y jurisprudencia. Se destaca en primer lugar, la interpretación del precepto penal como imperativo para el mantenimiento de la paz y la convivencia social, imponiendo sanciones a la conducta tipificada como punible en el ordenamiento jurídico, y la posición garantista mediante la cual se invoca el espíritu sociológico de la norma y la observancia de principios que denoten la importancia de la dignidad del ser humano, como elemento preponderante a cuidar en el contexto del proceso penal. |
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