Estudio de constitucionalidad del parágrafo del artículo 57 de la ley 1453 de 2011.
La Ley 1453 de 2011, en el parágrafo del artículo 57, redujo el beneficio de descuento punitivo consagrado en el artículo 351 del C.P.P. cuando el imputado se allana a cargos, y fue declarado exequible por la Corte Constitucional a través de la sentencia C-645 del 24 de agosto de 2012. Este trabajo...
- Autores:
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Sánchez Gil, Illiana Andrea
Alcárcel Cepeda, Javier Alberto
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2017
- Institución:
- Universidad de Cartagena
- Repositorio:
- Repositorio Universidad de Cartagena
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unicartagena.edu.co:11227/12723
- Acceso en línea:
- https://doi.org/10.32997/2256-2796-vol.9-num.17-2017-1543
- Palabra clave:
- Unconstitutional
Proportionality
Legality
Procedural fairness
Equality
Pro homine
Inconstitucionalidad
Proporcionalidad
Legalidad
Lealtad procesal
Igualdad
Principio pro homine
- Rights
- openAccess
- License
- Revista Jurídica Mario Alario D´Filippo - 2017
Summary: | La Ley 1453 de 2011, en el parágrafo del artículo 57, redujo el beneficio de descuento punitivo consagrado en el artículo 351 del C.P.P. cuando el imputado se allana a cargos, y fue declarado exequible por la Corte Constitucional a través de la sentencia C-645 del 24 de agosto de 2012. Este trabajo realiza un estudio de dicha normatividad a la luz de los principios de igualdad, legalidad, proporcionalidad, lealtad procesal, y además las garantías consagradas e integradas por vía del bloque de constitucionalidad, de lo cual se concluyó que no solo atenta dicha normatividad contra la estructura del sistema penal acusatorio y las garantías precitadas, sino contra los parámetros trazados por los diferentes instrumentos internacionales suscritos y aprobados por Colombia que se han integrado a nuestro ordenamiento interno, toda vez que desconoce principios hermenéuticos que estructuran el favor rei como es el pro homine, pues ignora la interpretación más favorable en términos de sanción punitiva y de libertad del justiciable. Se deja en evidencia la falta de coherencia de la política criminal del Estado y el poco rigor jurídico en la decisión analizada de la Corte Constitucional. |
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