Incorrecto razonamiento matemático del consejo de estado en materia indemnizatoria ante el fenómeno de acrecimiento: errores en la sentencia de unificación ce-suj-3-001 de 2015
La interdisciplinariedad es clave para proponer soluciones más adecuadas a problemas que se presentan en determinadas áreas del saber. Gradualmente, el Derecho exige una fuerte cultura extrajurídica para la solución de conflictos. Las matemáticas son consideradas un criterio racional para la toma de...
- Autores:
-
Guerra Bonet, Jose David
Ospina Vellojín, Katherine Lidys
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad de Cartagena
- Repositorio:
- Repositorio Universidad de Cartagena
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repositorio.unicartagena.edu.co:11227/16313
- Acceso en línea:
- https://doi.org/10.32997/2256-2796-vol.15-num.29-2023-4236
- Palabra clave:
- mathematical reasoning
liquidation of damages
lost profit
accretion
integral reparation
Sentence CE-SUJ-3-001 of 2015
razonamiento matemático
liquidación de perjuicios
lucro cesante
acrecimiento
reparación integral
Sentencia CE-SUJ-3-001 de 2015
- Rights
- openAccess
- License
- https://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0
Summary: | La interdisciplinariedad es clave para proponer soluciones más adecuadas a problemas que se presentan en determinadas áreas del saber. Gradualmente, el Derecho exige una fuerte cultura extrajurídica para la solución de conflictos. Las matemáticas son consideradas un criterio racional para la toma de decisiones y contribuyen con la justicia y, en materia indemnizatoria, la reparación integral implica que las víctimas de un evento dañoso no se enriquezcan injustificadamente ni sigan sufriendo perjuicio, y se obtendrá si se tiene un manejo suficiente de las fórmulas financieras aplicadas y claridad del problema jurídico; una reparación integral exige un debido procedimiento matemático que armonice con el debido proceso legal. Se mostrará que, acorde a los criterios de liquidación de lucro cesante en la jurisprudencia vigente, en Sentencia de Unificación CE-SUJ-3-001 de 2015, el Consejo de Estado (CE) incumple con este requisito en los procesos 19 328 y 19 329. Se indicará una solución más adecuada. Para esta investigación, se ha estudiado y comprendido libros de Matemáticas Financieras, valiéndonos de nuestra formación interdisciplinar, lo cual nos ha dado una visión particular para detectar errores en los procedimientos matemáticos cometidos en la sentencia cuestionada. En el proceso 19 328 hubo un error relativo del 8.66% por debajo del valor ajustado, y en el proceso 19 329 uno del 5.08%, lo cual podría ser bastante significativo para los afectados. La falta de técnica en el manejo de las Matemáticas Financieras y Razonamiento Cuantitativo del CE, enriqueció injustificadamente a algunas de las víctimas y perjudicó a otras con la asignación del lucro cesante a cada individuo en los procesos referenciados. En términos globales, cada familia involucrada resultó lesionada por la liquidación del CE. |
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