De la buena administración y el acceso a la información pública en Colombia
La buena administración no está reconocida de forma expresa en el ordenamiento jurídico, pero se deduce rápidamente al realizar una lectura sistemática del ordenamiento jurídico. La buena administración se manifiesta de distintas maneras, entre ellas con el derecho al acceso a la información pública...
- Autores:
-
Ramírez Torrado, María Lourdes
Contreras Llanos, Claudia María
- Tipo de recurso:
- Article of journal
- Fecha de publicación:
- 2023
- Institución:
- Universidad de Cartagena
- Repositorio:
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- Acceso en línea:
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La buena administración no está reconocida de forma expresa en el ordenamiento jurídico, pero se deduce rápidamente al realizar una lectura sistemática del ordenamiento jurídico. La buena administración se manifiesta de distintas maneras, entre ellas con el derecho al acceso a la información pública. Para medir el cumplimiento de los sujetos obligados en esta materia, se creó el Índice de transparencia y acceso a la información a cargo de la Procuraduría (ITA). Así las cosas, el objetivo de esta investigación es determinar el alcance que tiene en Colombia el acceso a la información pública como elemento de la buena administración. Recurriendo para ello a la doctrina, la jurisprudencia y la normativa. Encontrándose como resultado principal que nos enfrentamos ante unos derechos que han sido reconocidos expresa y tácitamente por el ordenamiento jurídico, cuya herramienta para hacerle seguimiento y control es reciente. Debiendo continuar trabajando en la capacitación y divulgación de los instrumentos dispuestos, para ejercer los derechos políticos de los ciudadanos y en últimas fortalecer nuestra democracia. |
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Aprile, N. (2017). El derecho a una buena administración: un derecho fecundo en Latinoamérica. En: M. Restrepo, (Ed.). Derecho administrativo: reflexiones contemporáneas. (pp.3-33). Bogotá, Colombia: Universidad del Rosario. Barnes, J. (2018). Buena administración, principio democrático y procedimiento administrativo. Revista Digital De Derecho Administrativo, (21), 77-123. Cassese, S. (2009). Il diritto a la buona amministrazione. European Review of Public Law, 21, núm. 3, 1037 y ss. Del llano, C. (2012). La configuración del derecho a una buena administración como nuevo derecho frente al poder. Pensamiento Constitucional, Año XVI (16), -171. Delpiazzo, C. (2014). La buena administración como imperativo ético para administradores y administrados. Revista de derecho, 9(10), 41- 57. Duran, A. (2010). La buena administración. Estudios de Derecho Administrativo, La Ley. Montevideo, 173-193. Fuentetaja, J. (2008). El derecho a la buena administración en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea. Revista de derecho de la Unión Europea, 15,137 -154. Hernández, J. I., (2012). El concepto de administración pública desde la buena gobernanza y el derecho administrativo global. Su impacto en los sistemas de derecho administrativo de la américa española, Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, 16, 197-224. Freitas, J., (2009). Controle dos atos administrativos e os principíos fundamentais. Malheiros, Sao Pualo, 30, y sgtes. Tomas Mallen, B. (2004). La publicación de los actos jurídicos de la Unión europea como elemento esencial de su apuesta constituyente. En V. Garrido (Ed.), Comentarios a la Constitución Europea (pp. 403-423). Valencia: Tirant lo Blanch. Matilla, C. (2019). La buena administración como principio jurídico: una aproximación conceptual. Revista Derechos en Acción, 4, (10), 110-160. Meilán, J. (2013). El paradigma de la buena administración. Anuario da Faculta de Dereito da Universidad de A Coruña, 233-257 Moreno Molina, J. (2022). El derecho a una buena administración. Cuenca: Ediciones de la Universidad Castilla la Mancha, 55. Moscariello, A. (2012). Buena Administración y buen Gobierno en el derecho argentino. El Rol del Abogado del Estado. Ars Iuris, 48, 93-136. Ortiz Escobar, d. y Ordóñez Beltrán, S. (2019). Buena administración, transparencia y eficiencia: evidencia de los municipios de Colombia. Revista digital de Derecho Administrativo, 21, 179-199. Prats I Català, J. (2007). La lucha contra la corrupción como parte integrante del Derecho, el deber y las políticas de buena administración. Cuadernos de Derecho Público, 31, 13-29. Ponce, J. (2016). El derecho a una buena administración y el derecho administrativo Iberoamericano del siglo XXI. Buen gobierno y derecho a una buena administración contra arbitrariedad y corrupción. En: El control de la Actividad Estatal, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (23-24). Buenos Aires: Asociación de Docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales. Ramírez Torrado, M. (2020). Dinámicas entre el Estado y la administración pública en el marco de la administración liberal, prestacional y garante, Prolegómenos, 23(45), 123-136. Rodríguez Arana. J. (2011). El derecho fundamental a la buena administración y centralidad del ciudadano en el derecho administrativo. En: El nuevo derecho administrativo: libro homenaje al prof. Dr. Enrique Rivero Ysern, (407 -427). A Coruña: Anuario da Facultad de Dereito da Universidad de A Coruña Rodríguez Arana. J. (2012). La buena administración como principio y como derecho fundamental en Europa. Anuario da Facultad de Dereito da Universidad de A Coruña, 16, 247 -273. Rodríguez Arana. J. (2013) La buena administración como principio y como derecho fundamental en Europa. Revista Misión Jurídica, 6, 23 – 56. Saavedra Ramírez, L. (2021). El principio de la buena administración en el procedimiento administrativo colombiano (tesis de maestría). Universidad Santo Tomás. Bogota. Tornos M., J, (2008). El principio de buena administración o el intento de dotar de alma a la Administración Pública. En Derechos fundamentales y otros estudios: en homenaje al Prof. Dr. Lorenzo Martin-Retortillo / Iñaki Agirreazkuenaga Zigorraga (col.), Lorenzo Martín-Retortillo Baquer (hom.), Vol. 1, ( 629-642). España: El Justicia de Aragón. Valencia-Tello, d. Y Wunder Hachem, D. (2018). La buena administración pública en el siglo XXI: análisis del caso colombiano. Veredas do Direito, v. 15 n.33. Valle, V.R.L. (2011). Direito fundamental à boa administraçao e governança. Editora Fórum: Belo Horizonte, 254. Corte Constitucional, Sentencia C-038/1996 Corte Constitucional, Sentencia C-274/2013 Corte Constitucional, Sentencia C-221/2016 Corte Constitucional, Sentencia C-516/2016 Corte Constitucional, Sentencia C-644/2017 Corte Constitucional, Sentencia C-144/2018 Corte Constitucional, Sentencia C-017/2018 Corte Constitucional, Sentencia C-276/2019 Corte Constitucional, Sentencia C-559/2019 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo. (18 de noviembre de 2020). Expediente 0891-19 Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo. (10 de octubre de 2016). Expediente 55813. Consejero ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa. Resolución No. 138 de 2018 de la Procuraduría General de la Nación. Resolución No. 226 de 2018. Procuraduría General de la Nación. Resolución No. 831 de 2019. Procuraduría General de la Nación. Resolución 3564 de 2015 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Resolución 1519 de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Decreto 103 de 2015, de enero 20. Decreto 1499 de 2017, de 11 de septiembre. Ley 1712 de 2014 |
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Encontrándose como resultado principal que nos enfrentamos ante unos derechos que han sido reconocidos expresa y tácitamente por el ordenamiento jurídico, cuya herramienta para hacerle seguimiento y control es reciente. Debiendo continuar trabajando en la capacitación y divulgación de los instrumentos dispuestos, para ejercer los derechos políticos de los ciudadanos y en últimas fortalecer nuestra democracia.Good administration is not explicitly recognized in the legal system, but it may be quickly inferred from a systematic reading of the legal structure. Good administration is demonstrated in different ways, including the right of access to public information. In order to measure the compliance of the obligated subjects in this matter, the Transparency and Access to Information Index was created by the Attorney General's Office (ITA). Thus, the objective of this research is to determine the scope of access to public information in Colombia as an element of good administration. For this purpose, it resorts to doctrine, jurisprudence and regulations. The main result is that we are faced with rights that have been expressly and tacitly recognized by the legal system, whose tool for monitoring and control is recent. It is necessary to continue working on the training and dissemination of the instruments available to exercise the political rights of citizens and ultimately strengthen our democracy.application/pdfspaUniversidad de CartagenaRevista Jurídica Mario Alario D´Filippohttps://revistas.unicartagena.edu.co/index.php/marioalariodfilippo/article/download/4477/35135073149015Aprile, N. (2017). El derecho a una buena administración: un derecho fecundo en Latinoamérica. En: M. Restrepo, (Ed.). Derecho administrativo: reflexiones contemporáneas. (pp.3-33). Bogotá, Colombia: Universidad del Rosario.Barnes, J. (2018). Buena administración, principio democrático y procedimiento administrativo. Revista Digital De Derecho Administrativo, (21), 77-123.Cassese, S. (2009). Il diritto a la buona amministrazione. European Review of Public Law, 21, núm. 3, 1037 y ss.Del llano, C. (2012). La configuración del derecho a una buena administración como nuevo derecho frente al poder. Pensamiento Constitucional, Año XVI (16), -171.Delpiazzo, C. (2014). La buena administración como imperativo ético para administradores y administrados. Revista de derecho, 9(10), 41- 57.Duran, A. (2010). La buena administración. Estudios de Derecho Administrativo, La Ley. Montevideo, 173-193.Fuentetaja, J. (2008). El derecho a la buena administración en la Carta de los derechos fundamentales de la Unión Europea. Revista de derecho de la Unión Europea, 15,137 -154.Hernández, J. I., (2012). El concepto de administración pública desde la buena gobernanza y el derecho administrativo global. Su impacto en los sistemas de derecho administrativo de la américa española, Anuario da Facultade de Dereito da Universidade da Coruña, 16, 197-224.Freitas, J., (2009). Controle dos atos administrativos e os principíos fundamentais. Malheiros, Sao Pualo, 30, y sgtes.Tomas Mallen, B. (2004). La publicación de los actos jurídicos de la Unión europea como elemento esencial de su apuesta constituyente. En V. Garrido (Ed.), Comentarios a la Constitución Europea (pp. 403-423). Valencia: Tirant lo Blanch.Matilla, C. (2019). La buena administración como principio jurídico: una aproximación conceptual. Revista Derechos en Acción, 4, (10), 110-160.Meilán, J. (2013). El paradigma de la buena administración. Anuario da Faculta de Dereito da Universidad de A Coruña, 233-257Moreno Molina, J. (2022). El derecho a una buena administración. Cuenca: Ediciones de la Universidad Castilla la Mancha, 55.Moscariello, A. (2012). Buena Administración y buen Gobierno en el derecho argentino. El Rol del Abogado del Estado. Ars Iuris, 48, 93-136.Ortiz Escobar, d. y Ordóñez Beltrán, S. (2019). Buena administración, transparencia y eficiencia: evidencia de los municipios de Colombia. Revista digital de Derecho Administrativo, 21, 179-199.Prats I Català, J. (2007). La lucha contra la corrupción como parte integrante del Derecho, el deber y las políticas de buena administración. Cuadernos de Derecho Público, 31, 13-29.Ponce, J. (2016). El derecho a una buena administración y el derecho administrativo Iberoamericano del siglo XXI. Buen gobierno y derecho a una buena administración contra arbitrariedad y corrupción. En: El control de la Actividad Estatal, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (23-24). Buenos Aires: Asociación de Docentes de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales.Ramírez Torrado, M. (2020). Dinámicas entre el Estado y la administración pública en el marco de la administración liberal, prestacional y garante, Prolegómenos, 23(45), 123-136.Rodríguez Arana. J. (2011). El derecho fundamental a la buena administración y centralidad del ciudadano en el derecho administrativo. En: El nuevo derecho administrativo: libro homenaje al prof. Dr. Enrique Rivero Ysern, (407 -427). A Coruña: Anuario da Facultad de Dereito da Universidad de A CoruñaRodríguez Arana. J. (2012). La buena administración como principio y como derecho fundamental en Europa. Anuario da Facultad de Dereito da Universidad de A Coruña, 16, 247 -273.Rodríguez Arana. J. (2013) La buena administración como principio y como derecho fundamental en Europa. Revista Misión Jurídica, 6, 23 – 56.Saavedra Ramírez, L. (2021). El principio de la buena administración en el procedimiento administrativo colombiano (tesis de maestría). Universidad Santo Tomás. Bogota.Tornos M., J, (2008). El principio de buena administración o el intento de dotar de alma a la Administración Pública. En Derechos fundamentales y otros estudios: en homenaje al Prof. Dr. Lorenzo Martin-Retortillo / Iñaki Agirreazkuenaga Zigorraga (col.), Lorenzo Martín-Retortillo Baquer (hom.), Vol. 1, ( 629-642). España: El Justicia de Aragón.Valencia-Tello, d. Y Wunder Hachem, D. (2018). La buena administración pública en el siglo XXI: análisis del caso colombiano. Veredas do Direito, v. 15 n.33.Valle, V.R.L. (2011). Direito fundamental à boa administraçao e governança. Editora Fórum: Belo Horizonte, 254.Corte Constitucional, Sentencia C-038/1996Corte Constitucional, Sentencia C-274/2013Corte Constitucional, Sentencia C-221/2016Corte Constitucional, Sentencia C-516/2016Corte Constitucional, Sentencia C-644/2017Corte Constitucional, Sentencia C-144/2018Corte Constitucional, Sentencia C-017/2018Corte Constitucional, Sentencia C-276/2019Corte Constitucional, Sentencia C-559/2019Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo. (18 de noviembre de 2020). Expediente 0891-19 Consejero ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZConsejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo. (10 de octubre de 2016). Expediente 55813. Consejero ponente: Jaime Orlando Santofimio Gamboa.Resolución No. 138 de 2018 de la Procuraduría General de la Nación.Resolución No. 226 de 2018. Procuraduría General de la Nación.Resolución No. 831 de 2019. Procuraduría General de la Nación.Resolución 3564 de 2015 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.Resolución 1519 de 2020 del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.Decreto 103 de 2015, de enero 20.Decreto 1499 de 2017, de 11 de septiembre.Ley 1712 de 2014https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0http://purl.org/coar/access_right/c_abf2info:eu-repo/semantics/openAccessEsta obra está bajo una licencia internacional Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivadas 4.0.https://revistas.unicartagena.edu.co/index.php/marioalariodfilippo/article/view/4477Administrationstategood administrationaccess to informationAdministraciónestadobuena administraciónacceso a la informaciónDe la buena administración y el acceso a la información pública en ColombiaGood administration and access to public information in ColombiaArtículo de revistainfo:eu-repo/semantics/publishedVersionhttp://purl.org/coar/version/c_970fb48d4fbd8a85http://purl.org/coar/resource_type/c_6501http://purl.org/coar/resource_type/c_2df8fbb1Textinfo:eu-repo/semantics/articleJournal articlehttp://purl.org/redcol/resource_type/ARTREFPublicationOREORE.xmltext/xml2671https://repositorio.unicartagena.edu.co/bitstreams/980e3d44-206f-4d33-b32a-3f676508819f/download1690a692e074a5ee9ae6bd1772c570d5MD5111227/17176oai:repositorio.unicartagena.edu.co:11227/171762024-09-05 16:07:09.946https://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0metadata.onlyhttps://repositorio.unicartagena.edu.coBiblioteca Digital Universidad de Cartagenabdigital@metabiblioteca.com |