El papel del notario y la tecnología del blockchain, la inteligencia artificial y el uso del bigdata

Es importante en nuestros tiempos promover una reflexión en torno a los efectos presentes o futuros que pudiesen llegarse a darse en la actividad notarial por el aparecimiento del Blockchain, entendido como cadena de bloques, un tipo de tecnología disruptiva. Las problemáticas que pueden promoverse...

Full description

Autores:
López Peña, Edmer Leandro
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/36769
Acceso en línea:
http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/iaveritatem/article/view/2203
http://hdl.handle.net/11634/36769
Palabra clave:
notario
blockchain
inteligencia artificial
bigdata
Rights
License
Derechos de autor 2017 Iter Ad Veritatem 15
Description
Summary:Es importante en nuestros tiempos promover una reflexión en torno a los efectos presentes o futuros que pudiesen llegarse a darse en la actividad notarial por el aparecimiento del Blockchain, entendido como cadena de bloques, un tipo de tecnología disruptiva. Las problemáticas que pueden promoverse desde el estudio de los “impactos” de la tecnología disruptiva son variadas y con distintas aristas.  Particularizando las problemáticas de las tecnologías disruptivas;actualmente, ante los sistemas jurídicos sobreviene una necesidad de juridificación o de regulación normativa, regulación que no es nada fácil. No solo por las problemáticas constitucionales que están en juego y que son enriquecidas por amplísimas concepciones de argumentación e interpretación normativa (v.gr. debates en torno a los alcances de libertad de información y comunicación, habeas data, derecho al olvido, o en términos generales a la libertad expresada en los medios tecnológicos, derecho al acceso al internet, control estatal sobre fakenews y uso de servicios como twitter o youtube para expresar ideas, u opiniones institucionales o contrainstitucionales), sino por la interdisciplinariedad que se exige del Derecho con consecuencias en la formulación de regulaciones normativas de productos y servicios tecnológicos; donde se requiere tener nociones claras que permitan el entendimiento de las bases científicas , aplicadas y metodológicas de la ciencias que interactúan y la tecnología que se desarrolla. Se refleja en esta problemática, algunos de los retos que se le imponen a la ciencia jurídica en la contemporaneidad.En Colombia la política de cero papel, principio de gobierno en línea formulado en el decreto 019 de 2012; la estrategia de uso de Blockchain en la agencia nacional de restitución de tierras; la implementación piloto deinteligencia artificial (PROMETEA) al interior de la Corte Constitucional; la política de Estado de transición digital, la expedición de los CONPES 3920 BIGDATA y 3975 inteligencia artificial; el desarrollo de talleresimpulsados por los ministerios MINTIC y MINCIT en fintech; el impulso para la constitución de C4IR (Centro para la cuarta revolución industrial); la implementación de la escritura electrónica por el sistema notarial; laexpedición de la ley 2015 de 2020 que fomenta la consolidación de la historia clínica electrónica y el debate del proyecto de ley 028 de 2018, al interior del Congreso de la República, que impulsa el uso de criptomonedas, son algunos de los datos empíricamente observables que nos permiten fundamentary afirmar con pretensión de objetividad, que la tecnología disruptiva y la tecnología blockchain es una realidad que afectara la administración de lo público, no siendo una zona de inmunidad la actividad notarial.Lo anterior es el ejemplo de los CONPES 3920 BIGDATA y 3975 inteligencia artificial políticas públicas que le apuestan a llevar la administración pública a la aceptación y reconocimiento de la utilidad que puede ofrecer tanto la cadena de bloques, la inteligencia artificial y el BIGDATA. En el caso de los notarios se abre el debate sobre la posibilidad de reemplazo de estos por el Blockchaim, tal vez frente a tal interrogante, la tesis más fuertemente aceptada es reconocer que este tipo de tecnología disruptiva nunca podrá sustituir la actividad humana y será una herramienta.   Amanecerá y veremos, se vienen nuevos tiempos para la relaciones humanas con las maquinas.