La selección objetiva en la contratación pública colombiana entre el principio y la regla

En el escenario jurídico, los principios y las reglas, son concebidos indistintamente, como normas jurídicas constitutivas del sistema jurídico.Sin embargo, a pesar de la búsqueda de elementos diferenciadores, la doctrina y la jurisprudencia no han encontrado una distinción conceptual, que permita a...

Full description

Autores:
Miranda Medina, Milton Jojani
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2015
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/1824
Acceso en línea:
https://hdl.handle.net/11634/1824
http://dx.doi.org/10.15332/tg.mae.2015.00161
Palabra clave:
Términos legales de contrato
Selección objetiva
Contratación estatal
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:En el escenario jurídico, los principios y las reglas, son concebidos indistintamente, como normas jurídicas constitutivas del sistema jurídico.Sin embargo, a pesar de la búsqueda de elementos diferenciadores, la doctrina y la jurisprudencia no han encontrado una distinción conceptual, que permita afirmar con meridiana claridad la contextualización de cada término, solo apuntan a señalar algunas diferencias relacionadas con la validez, el contexto de aplicación, la universalidad, la rigidez y el ámbito de responsabilidades. No obstante, las reglas se pueden concebir como mandatos de hacer, de permitir o de prohibir estructuradas en unos supuestos de hecho y unas consecuencias jurídicas yubicadas en el mundo del deber ser, en tanto, se debe cumplir lo estipulado en ellas. De igual forma, los principios son normas que ordenan que algo sea realizado en la mayor medida de lo posible, dentro de las posibilidades jurídicas y reales existentes, de suerte que se convierten en mandatos de optimización, que en un determinado caso pueden ser cumplidos en diferente grado. En la legislación colombiana, la selección objetiva es tratada como principio de la contratación estatal,o como principio orientador de los procesos de selección, pero al mismo tiempo, es concebida como un deber-regla de conducta- en la actividad contractual. Mientras que para la jurisprudencia la selección objetiva, es una regla de conducta de la actividad contractual y un principio que orienta los procesos licitatorios, que permiten la escogencia de la oferta más ventajosa para los intereses colectivos perseguidos con la contratación. A pesar que la doctrina y la jurisprudencia aceptan indistintamente la dualidad de la selección objetiva, se considera que para pueda existir un fundamento legal, esta debe sustentarse primero, en una relación contractual y dos, en los preceptos legales. Es decir, que para poder hacer imputaciones de responsabilidad penal, fiscal o disciplinaria por la acción o la omisión del servidor público, es necesario concebir la selección objetiva como un mandato legal establecido para una relación contractual determinada, contrario sensu, no es posible tal imputación debido al carácter abstracto e indeterminado del principio.