Responsabilidad del estado: tratamiento jurisprudencial de la responsabilidad por daño especial y la teoría del riesgo

El Art. 90 de la Constitución Política de Colombia consagra que: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas…”. 3 En lo cotidiano si se causa un daño a una persona, lo primero en lo que se...

Full description

Autores:
reyes sanchez, angela biviana
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2008
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/5526
Acceso en línea:
http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/iaveritatem/article/view/356
Palabra clave:
Rights
License
http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Description
Summary:El Art. 90 de la Constitución Política de Colombia consagra que: “El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas…”. 3 En lo cotidiano si se causa un daño a una persona, lo primero en lo que se piensa es en saber quién va a responder, y que consecuencias conlleva, consecuencias que han trascendido en importancia al campo jurídico o del derecho, y es de este principio y este artículo que se desprenden los diferentes tipos de responsabilidad como son Civil, Penal, Administrativa, o Disciplinaria, sin que lleguemos a concluir que la una implique la otra. Lo que haremos con este ensayo es analizar cómo se llegó a la aplicación de la Responsabilidad del estado por el daño especial y la diferencia con la teoría del riesgo excepcional, tratando de establecer a que régimen nos envía este artículo si a una objetivo o subjetivo.