La responsabilidad médica frente a la reforma del Código de Procedimiento Civil y del Código Contencioso Administrativo

La reforma presentada al Código de Procedimiento Civil y al Código Contencioso Administrativo por parte del legislador en cuanto al tema de la valoración de la prueba y la oralidad, en lo que concierne específicamente a la responsabilidad médica, permite hablar de un nuevo cambio al adecuar esta a l...

Full description

Autores:
Herrera Jiménez, Juan
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2017
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/26292
Acceso en línea:
https://revistas.usantotomas.edu.co/index.php/iusta/article/view/3527
Palabra clave:
medical liability
burden of proof
dynamic burden of proof
due process
impartial judgment
jurisprudence
law
responsabilidad médica
carga de la prueba
carga dinámica de la prueba
debido proceso
fallo objetivo
jurisprudencia
ley
Rights
License
Derechos de autor 2017 IUSTA
Description
Summary:La reforma presentada al Código de Procedimiento Civil y al Código Contencioso Administrativo por parte del legislador en cuanto al tema de la valoración de la prueba y la oralidad, en lo que concierne específicamente a la responsabilidad médica, permite hablar de un nuevo cambio al adecuar esta a la Constitución de 1991, prevaleciendo el derecho sustancial y la aplicación a los principios de la eficacia, el debido proceso, la celeridad y la igualdad. Este último punto se estudia en el presente artículo con el objetivo de determinar si se da el equilibrio procesal entre las partes, sin que se presenten vacíos que en un momento específico favorecezcan de manera errónea a alguna de ellas. Por ello, al introducirse el proceso oral y por audiencias, así como el aporte de pruebas en el tema de responsabilidad médica, se tiene en cuenta que la norma señala que la carga dinámica de la prueba se encuentra en la figura a quien le atañe probar una verdad o afirmación y que, llegado el caso, se decretarán pruebas de oficio de acuerdo con la manera como lo determina ley, para lograr la igualdad entre las partes.