El modelo de economía social de mercado, analizado desde la óptica del principio de sostenibilidad financiera del sistema general de pensiones y la materialización del servicio público a la seguridad social

Como es bien sabido, Colombia sufrió una gran transformación en el área constitucional con la promulgación de la Carta Magna de 1991, a través de la cual se adoptó un modelo de Estado cuya finalidad primordial se circunscribió a instar, según Cordero, Galvis & Pinto (2015), a los dirigentes a ot...

Full description

Autores:
Tobito Montero, María Claudia
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2023
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/49127
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/49127
Palabra clave:
Social Rule of Law
Social Security
Public Utility
Social Market Economy
Financial Sustainability
Maestría en Derecho Público
Seguridad social
Sostenibilidad Financiera
Estado Social de Derecho
Seguridad Social
Servicio Público
Economía Social de Mercado
Sostenibilidad Financiera
Rights
openAccess
License
Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Description
Summary:Como es bien sabido, Colombia sufrió una gran transformación en el área constitucional con la promulgación de la Carta Magna de 1991, a través de la cual se adoptó un modelo de Estado cuya finalidad primordial se circunscribió a instar, según Cordero, Galvis & Pinto (2015), a los dirigentes a otorgar en favor de sus dirigidos protección a su mínimo vital. Ideal que conllevó a conceder pluralidad de derechos sociales a los gobernados, cuya materialización a través de diversas acciones supuso una novedad dentro del ordenamiento jurídico colombiano. Necesidad de salvaguarda que, inclusive, generó que varios de estos derechos fueran catalogados como Servicios Públicos cuya prestación resulta ser obligatoria, tomando como ejemplo el caso del derecho a la Seguridad Social. Sin embargo, si bien en esta materia la Corte Constitucional, enunciado la Sentencia T-043 de 2019, ha sido enfática en considerar la relación intrínseca entre este derecho con la dignidad humana y el mínimo vital, no debe desconocerse que al otorgarle una dimensión de Servicio Público a la Seguridad Social el ámbito económico entró a cumplir un papel fundamental dentro de su materialización. Ámbito que se manifestó con la creación de un Principio de rango constitucional, denominado Sostenibilidad Financiera del Sistema General de Pensiones con el cual se buscó propender por una correcta distribución de recursos financieros al momento de entrar a otorgar los derechos propios de la Seguridad Social. Principio que, además, encontró cabida dentro del modelo de Economía Social de Mercado adoptado por Colombia en donde la intervención del Ente junto con la participación de privados en la economía, y más en la prestación de Servicios Públicos, se debe desarrollar armoniosamente. Sin embargo, menester resulta confrontar la obligatoriedad de la protección y prestación del derecho y Servicio Público esencial a la Seguridad Social con su sentido económico, comprendido bajo el Principio de Sostenibilidad Financiera del Sistema desarrollado dentro de un modelo de Economía Social de Mercado con la finalidad de evidenciar si se presenta alguna incompatibilidad con el propósito del Estado Social de Derecho enunciado en líneas precedentes.