De los significativos aportes y ambiciosos retos de la reforma introducida por la Ley 2080 de 2021 al CPACA. La implementación de las tecnologías de la información y cambio de competencias en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo contra los obstáculos para acceder eficazmente a la Administración de Justicia
El 25 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 2080 por medio de la cual se reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictaron otras disposiciones relacionadas específicamente con la descongestión en el trámite de los medios de cont...
- Autores:
-
Mendoza Estupiñán, Nelson Javier
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Universidad Santo Tomás
- Idioma:
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- OAI Identifier:
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- Acceso en línea:
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- Palabra clave:
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El 25 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 2080 por medio de la cual se reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictaron otras disposiciones relacionadas específicamente con la descongestión en el trámite de los medios de control tramitados ante dicha jurisdicción, disposición legal a través de la cual el legislador pretende de manera primordial efectuar la modificación de varios aspectos de naturaleza procesal ajustándolos al uso privilegiado de las denominadas “tecnologías de la información”, como un avance que tanto social como institucionalmente está generando cambios trascendentales a nivel global, y con ello, propender porque el acceso a la justicia y todas las gestiones que allí se ejecuten se tornen no solo más ágiles, sino más efectivas tanto para los usuarios como para quienes se encargan de su administración. La implementación de nuevos conceptos para las entidades públicas y las personas jurídicas del sector privado, como lo son la imperiosidad de crear de una sede electrónica que permita garantizar acceder a los servicios digitales a los ciudadanos facilitando la creación de usuarios en un registro digital gratuito que permita la validación de identidad para adelantar cualquier trámite de manera ágil, oportuna y segura, además, de la ratificación de la notificación electrónica como un mecanismo válido e idóneo para poner en conocimiento de los interesados decisiones de la trascendencia de actos administrativos, y así mismo, lo que deriva que en las decisiones jurisdiccionales se adoptaran dicho tipo de publicidad, como un importante avance introducido de manera novedosa por el Ley 1437 de 2011 y el artículo 291 del Código General del Proceso, lo que sin duda alguna ha propendido por agilizar significativamente el trámite de los procesos. Lo anterior, se acompasa con lo dispuesto en el Decreto 806 de 2020 cuya aparición se justificó nada menos que para contrarrestar los efectos negativos de la pandemia que azota a la humanidad desde el año anterior y que ha obligado a la búsqueda de nuevas y diversas alternativas para que el usuario pueda acceder efectivamente a la justicia, y cada vez más se distancie de los trámites presenciales que desde siempre han sido los convencionales, también, acompasado con la formación del expediente digital y la recepción y trámite de documentos electrónicos que lo componen y que como se ha observado en la actualidad constituye la nueva faceta de la justicia en Colombia. En consonancia con lo expuesto, el legislador a través de la reforma recientemente entrada en vigencia introdujo unas importantes modificaciones a varias etapas y actuaciones procesales con el indubitable objetivo de materializar la eficiencia, economía y celeridad por la que se deben regir las actuaciones judiciales, de allí que hayan sido moduladas en su esencia figuras de tal trascendencia para el proceso contencioso administrativo como la conciliación extrajudicial, el contenido de la demanda para su admisión, el trámite de las excepciones, la sentencia anticipada, el dictamen pericial, los recursos ordinarios y extraordinarios, entre otros. Para efectos de desarrollar el problema planteado, serán abordados los temas relacionados con la implementación en nuestro ordenamiento jurídico de las herramientas tecnológicas para efectos de acercar al ciudadano al acceso a la Administración de Justicia y a las autoridades estatales en general. De esta manera, se justifica el presente trabajo investigativo al surgir como un interrogante necesario tanto para el operador judicial como el profesional del Derecho que incursiona habitualmente en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y en general para cualquier usuario cuestionarse si con la Ley 2080 de 2021 ¿Es posible que se logre el objetivo primordial de descongestionar los despachos judiciales y a la vez garantizar el acceso a la administración de justicia a todos los Colombianos? |
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Tesis de posgrado, Universidad Santo Tomás, Tunja.http://hdl.handle.net/11634/38838reponame:Repositorio Institucional Universidad Santo Tomásinstname:Universidad Santo Tomásrepourl:https://repository.usta.edu.coEl 25 de enero de 2021 entró en vigencia la Ley 2080 por medio de la cual se reformó el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -Ley 1437 de 2011- y se dictaron otras disposiciones relacionadas específicamente con la descongestión en el trámite de los medios de control tramitados ante dicha jurisdicción, disposición legal a través de la cual el legislador pretende de manera primordial efectuar la modificación de varios aspectos de naturaleza procesal ajustándolos al uso privilegiado de las denominadas “tecnologías de la información”, como un avance que tanto social como institucionalmente está generando cambios trascendentales a nivel global, y con ello, propender porque el acceso a la justicia y todas las gestiones que allí se ejecuten se tornen no solo más ágiles, sino más efectivas tanto para los usuarios como para quienes se encargan de su administración. La implementación de nuevos conceptos para las entidades públicas y las personas jurídicas del sector privado, como lo son la imperiosidad de crear de una sede electrónica que permita garantizar acceder a los servicios digitales a los ciudadanos facilitando la creación de usuarios en un registro digital gratuito que permita la validación de identidad para adelantar cualquier trámite de manera ágil, oportuna y segura, además, de la ratificación de la notificación electrónica como un mecanismo válido e idóneo para poner en conocimiento de los interesados decisiones de la trascendencia de actos administrativos, y así mismo, lo que deriva que en las decisiones jurisdiccionales se adoptaran dicho tipo de publicidad, como un importante avance introducido de manera novedosa por el Ley 1437 de 2011 y el artículo 291 del Código General del Proceso, lo que sin duda alguna ha propendido por agilizar significativamente el trámite de los procesos. Lo anterior, se acompasa con lo dispuesto en el Decreto 806 de 2020 cuya aparición se justificó nada menos que para contrarrestar los efectos negativos de la pandemia que azota a la humanidad desde el año anterior y que ha obligado a la búsqueda de nuevas y diversas alternativas para que el usuario pueda acceder efectivamente a la justicia, y cada vez más se distancie de los trámites presenciales que desde siempre han sido los convencionales, también, acompasado con la formación del expediente digital y la recepción y trámite de documentos electrónicos que lo componen y que como se ha observado en la actualidad constituye la nueva faceta de la justicia en Colombia. En consonancia con lo expuesto, el legislador a través de la reforma recientemente entrada en vigencia introdujo unas importantes modificaciones a varias etapas y actuaciones procesales con el indubitable objetivo de materializar la eficiencia, economía y celeridad por la que se deben regir las actuaciones judiciales, de allí que hayan sido moduladas en su esencia figuras de tal trascendencia para el proceso contencioso administrativo como la conciliación extrajudicial, el contenido de la demanda para su admisión, el trámite de las excepciones, la sentencia anticipada, el dictamen pericial, los recursos ordinarios y extraordinarios, entre otros. Para efectos de desarrollar el problema planteado, serán abordados los temas relacionados con la implementación en nuestro ordenamiento jurídico de las herramientas tecnológicas para efectos de acercar al ciudadano al acceso a la Administración de Justicia y a las autoridades estatales en general. De esta manera, se justifica el presente trabajo investigativo al surgir como un interrogante necesario tanto para el operador judicial como el profesional del Derecho que incursiona habitualmente en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, y en general para cualquier usuario cuestionarse si con la Ley 2080 de 2021 ¿Es posible que se logre el objetivo primordial de descongestionar los despachos judiciales y a la vez garantizar el acceso a la administración de justicia a todos los Colombianos?On January 25, 2021, Law 2080 came into force, by means of which the Code of Administrative Procedure and Administrative Litigation -Law 1437 of 2011- was amended and other provisions related specifically to decongestion in the processing of the means of control processed before said jurisdiction, legal provision through which the legislator primarily intends to modify various aspects of a procedural nature, adjusting them to the privileged use of the so-called "information technologies", as an advance that both social as institutionally it is generating transcendental changes at a global level, and with this, to tend so that access to the administration of justice and all the procedures that are carried out there become not only more agile, but more effective both for users and for those who are in charge of your administration. The implementation of new concepts for public entities and legal entities in the private sector, such as the implementation of an electronic office that allows citizens to guarantee digital citizen services by facilitating the creation of users in a free digital registry that allows validation. of identity to carry out any procedure in an agile, timely and secure manner, in addition, of the confirmation of the electronic notification as a valid and suitable mechanism to inform users of decisions of the importance of administrative acts and likewise, what derived in which, in the same way, jurisdictional decisions adopt said type of advertising, as was introduced in a novel way by Law 1437 of 2011 and article 291 of the General Code of Process, which has undoubtedly led to significantly streamline the process of judicial processes. The foregoing is consistent with the provisions of Decree 806 of 2020 whose appearance was justified nothing less than to counteract the negative effects of the pandemic that has plagued humanity since the previous year and which has forced the search for new and diverse alternatives. so that the user can effectively access justice away from the face-to-face procedures that have always been the most conventional, such as the formation of the digital file and the receipt and processing of electronic documents that comprise it and that, as has been observed in the present constitutes the new facet of justice in Colombia. In line with the foregoing, the legislator, through the reform recently entered into force, introduced important modifications to various stages and procedural actions with the undoubted objective of materializing the efficiency, economy and speed by which judicial actions should be governed, of There, figures of such transcendence for the contentious-administrative process such as extrajudicial conciliation, the content of the demand for admission, the processing of exceptions, the anticipated judgment, the expert opinion, the ordinary and extraordinary resources have been modulated in their essence, among others. In this way, the present investigative work is justified as it arises as a necessary question for the judicial operator, the legal professional who regularly ventures into the Jurisdiction of Administrative Litigation, and generally to any user question whether with Law 2080 of 2021 of effectively and as the spirit of the legislator yearns for it. Is it possible to achieve the primary objective of decongesting judicial offices and at the same time guaranteeing access to the administration of justice for all Colombians? Key Words: Reform, Decongestion, Effectiveness, Justice, Due process, Procedure, Access.Magister en Derecho AdministrativoMaestríaapplication/pdfspaUniversidad Santo TomásMaestría Derecho AdministrativoFacultad de DerechoDe los significativos aportes y ambiciosos retos de la reforma introducida por la Ley 2080 de 2021 al CPACA. La implementación de las tecnologías de la información y cambio de competencias en la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo contra los obstáculos para acceder eficazmente a la Administración de JusticiaReformDescongestionEffectivenessJusticeDue processProcedureAccessReformaDescongestiónEfectividadDebido procesoProcedimientoAccesoTesis de maestríainfo:eu-repo/semantics/acceptedVersionhttp://purl.org/coar/resource_type/c_bdccinfo:eu-repo/semantics/masterThesisAbierto (Texto Completo)info:eu-repo/semantics/openAccesshttp://purl.org/coar/access_right/c_abf2CRAI-USTA TunjaDecreto 01 de 1984. (1984, 02 de enero). Congreso de la República. Diario Oficial No. 36.439 de 10 de enero de 1984. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=6543Constitución Política de 1991. (1991, 20 de junio). Gaceta Constitucional No. 116 de 20 de junio de 1991. http://www.secretariasenado.gov.co/index.php/constitucion-politicaLey 527 de 1999. (1999, 18 de agosto). 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Diario Oficial No. 51.568. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=156590ORIGINAL2021nelsonmendoza.pdf2021nelsonmendoza.pdfDocumento principalapplication/pdf293766https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/1/2021nelsonmendoza.pdf052bcd6631d027f1b8cb32206fe67988MD51open accessDerechos de Autor.pdfDerechos de Autor.pdfCarta Derechos de Autorapplication/pdf393578https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/2/Derechos%20de%20Autor.pdfd273d6a6ac3d47e0e716365010f5da0eMD52metadata only accessAutorizacion Facultad.pdfAutorizacion Facultad.pdfCarta de autorización de Facultadapplication/pdf187028https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/3/Autorizacion%20Facultad.pdfd5eca0bc72b84655931d8558bbcffd89MD53metadata only accessLICENSElicense.txtlicense.txttext/plain; charset=utf-8807https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/4/license.txtaedeaf396fcd827b537c73d23464fc27MD54open accessTHUMBNAIL2021nelsonmendoza.pdf.jpg2021nelsonmendoza.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg7866https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/5/2021nelsonmendoza.pdf.jpg8d30e9789386f06a7fd4f6932f887118MD55open accessDerechos de Autor.pdf.jpgDerechos de Autor.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg7087https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/6/Derechos%20de%20Autor.pdf.jpg02ba94bbe413d91c2a8c1d94df2e7b30MD56open accessAutorizacion Facultad.pdf.jpgAutorizacion Facultad.pdf.jpgIM Thumbnailimage/jpeg9303https://repository.usta.edu.co/bitstream/11634/38838/7/Autorizacion%20Facultad.pdf.jpgc92fdf4f596e90a9c8ee1c2d3feeba69MD57open access11634/38838oai:repository.usta.edu.co:11634/388382022-11-07 03:07:03.816open accessRepositorio Universidad Santo Tomásrepositorio@usantotomas.edu.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 |