REALISMO VS. IDEALISMO JURÍDICO EN EL MODELO DE JUSTICIA TRANSICIONAL DE EL SALVADOR: INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY GENERAL DE AMNISTÍA

El artículo evalúa la interpretación que las Escuelas Realista e Idealista realizan a la Justicia Transicional (JT) en sociedades con conflictos internos. Como estudio de caso se trabajó la aplicación del modelo de justicia para la paz en El Salvador, a partir de la firma del Acuerdo de Chapultepec e...

Full description

Autores:
Gómez-Rojas, Carlos Alberto
Tipo de recurso:
Fecha de publicación:
2018
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Universidad Santo Tomás
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/12288
Acceso en línea:
http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/piuris/article/view/1522
Palabra clave:
Realismo
Idealismo
Derechos Humanos
Justicia Transicional
amnistía
víctimas
Rights
License
Derechos de autor 2018 Principia Iuris
Description
Summary:El artículo evalúa la interpretación que las Escuelas Realista e Idealista realizan a la Justicia Transicional (JT) en sociedades con conflictos internos. Como estudio de caso se trabajó la aplicación del modelo de justicia para la paz en El Salvador, a partir de la firma del Acuerdo de Chapultepec en 1992. Al inicio se presenta una comparación entre las Escuelas Positivista y Realista en su concepción del derecho, para cotejar los aportes que las corrientes del Realismo (Escuelas Norteamericana y Escandinava) hacen a la teoría jurídica.El núcleo del artículo narra la impunidad a los perpetradores en los últimos veinticuatro años, debido a la aprobación de la Ley de Amnistía General que hiciera la Asamblea Legislativa en 1993, como respuesta a la Ley de Reconciliación Nacional en 1992, que solo benefció a los combatientes de la guerrilla.Finalmente, dos décadas después de implementar la JT, la Sala de lo Constitucional de El Salvador falló la inexequibilidad de la Ley de Amnistía General, afectando a las partes negociadoras de la paz, por lo que ahora deberán responder por delitos de lesa humanidad y violaciones a los DD. HH., realizados entre el 1 de junio de 1989 al 16 de enero de 1992.