Aspectos jurídico canónicos de la nulidad matrimonial, hoy
Al ser el matrimonio de los bautizados un sacramento, cae bajo la jurisdicción originaria y exclusiva de la Iglesia. El matrimonio goza del favor del derecho. Esta presunción del derecho es para proteger o tutelar una ley divina superior, es decir, la indisolubilidad del matrimonio. Las condiciones...
- Autores:
-
Moncada Cerón, Jesús Salvador
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2014
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Universidad Santo Tomás
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/5279
- Palabra clave:
- Rights
- License
- http://purl.org/coar/access_right/c_abf2
Summary: | Al ser el matrimonio de los bautizados un sacramento, cae bajo la jurisdicción originaria y exclusiva de la Iglesia. El matrimonio goza del favor del derecho. Esta presunción del derecho es para proteger o tutelar una ley divina superior, es decir, la indisolubilidad del matrimonio. Las condiciones para la validez del matrimonio sacramental están puestas por el Derecho divino (natural o positivo) y, para los bautizados católicos, también por el derecho canónico. El derecho canónico exige para la validez del matrimonio: a) personas jurídicamente hábiles, es decir, que no tengan ningún impedimento dirimiente (cans 1073, 1083-1094); b) personas capaces de otorgar un consentimiento libre y deliberado, y de asumir las obligaciones esenciales (can 1095, que es la declaración de derecho natural); c) la forma canónica, que consiste en casarse por la Iglesia ante el ordinario del lugar o el párroco, o ante el sacerdote o diácono (válidamente delegado por uno de ellos) (can 1088 &1). |
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