La decisión judicial: Entre el umbral mínimo de suficiencia y la duda razonable
El proceso penal colombiano consagra, entre otros, el estándar de prueba más allá de toda duda razonable (para la sentencia condenatoria). La presunción de inocencia guarda estrecha relación con el estándar, pues, es el umbral que deben superar las hipótesis planteadas como hechos de la causa para q...
- Autores:
-
Vaca Salamanca, Miguel Ángel
Pérez Contreras, Sofia del Pilar
Meneses Correa, Juan Sebastián
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/32039
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/32039
- Palabra clave:
- probability of truth
Standard of proof
reasonable doubt
Proceso penal
Derecho procesal
Jurisprudencia procesal
Derecho probatorio
Tesis y disertaciones académicas
Estándar probatorio
duda razonable
indubio pro reo
probabilidad de verdad
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | El proceso penal colombiano consagra, entre otros, el estándar de prueba más allá de toda duda razonable (para la sentencia condenatoria). La presunción de inocencia guarda estrecha relación con el estándar, pues, es el umbral que deben superar las hipótesis planteadas como hechos de la causa para que el juez profiera sentencia condenatoria, de no superarse el umbral se aplica el principio in dubio pro reo y se absuelve al procesado. Por otra parte, en el proceso civil, la ley procesal no establece estándar alguno, corresponde al juez valorar las pruebas de acuerdo con la sana crítica y justificar su decisión de acuerdo con las reglas de la ciencia, reglas de la lógica y máximas de la experiencia. Aun así, las decisiones del juez civil se presumen fundadas, en términos de probabilidad, en la verdad. Sin embargo, no hay claridad sobre cuando se alcanza esa verdad necesaria para proferir sentencia. |
---|