Preponderación de derechos respecto a la seguridad jurídica
En un país de Leyes como el nuestro, donde convive la pareja comparada del Derecho Romano y del Derecho Anglosajón, en un estado social de derecho como el nuestro y con una Constitución Política con más reformas en tan poco tiempo que la Constitución de 1787 de E.U y permitiendo la rotación de magis...
- Autores:
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Ortiz Parrado, Ruth Nidia
David Ariza, Jaime Alberto
Mojica Sogamozo, Andrés Felipe
- Tipo de recurso:
- Trabajo de grado de pregrado
- Fecha de publicación:
- 2020
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/32490
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/32490
- Palabra clave:
- Interpretation margin
judicial precedent
legal security
acquired rights
legitimate expectations
mere expectations
transitional regime
excepted regime
legal pension
conventional pension
social security
Seguridad social
Pensiones
Derecho administrativo
Acto administrativo
Tesis y disertaciones académicas
Margen de Interpretación
Margen de Interpretación
precedente judicial
Precedente judicial
Seguridad jurídica
seguridad jurídica
derechos adquiridos
Derechos adquiridos
expectativas legítimas
Expectativas legítimas
Meras expectativas
meras expectativas
régimen de transición
Régimen de transición
Régimen exceptuado
régimen exceptuado
pensión legal
Pensión legal
pensión convencional
Pensión convencional
seguridad social
Seguridad social.
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | En un país de Leyes como el nuestro, donde convive la pareja comparada del Derecho Romano y del Derecho Anglosajón, en un estado social de derecho como el nuestro y con una Constitución Política con más reformas en tan poco tiempo que la Constitución de 1787 de E.U y permitiendo la rotación de magistrados en las altas cortes, difícilmente podemos tener precedentes judiciales que generen seguridad jurídica en sus administrados, valederos en el tiempo y capaces de minimizar los litigios y la perdida de la confianza legítima hacia un Estado que parece que mantuviera en constante improvisación. Así mismo se puede ver que las decisiones judiciales interpartes y erga omnes que distan mucho del Derecho que debe de prevalecer, lo que con lleva a que ese margen de interpretación de nuestras Cortes nos lleve hacia unas decisiones más justas que pronuncia la Corte Interamericana de Derechos humanos. Analizaremos varias sentencias del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional, muchas de ellas han tomado camino hacia la Corte Interamericana de Derechos Humanos, solo porque el precedente judicial en Colombia genera inseguridad Jurídica. |
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