Confieso que las entidades públicas si confiesan; la ineficacia de la prohibición

En el ordenamiento jurídico colombiano, en particular en el ámbito administrativo, existe una prohibición de confesión para los representantes de entidades públicas que no tiene en la materialidad alcance universal, pues tanto en sede extraprocesal como en el judicial, existen figuras que materialme...

Full description

Autores:
Rodríguez Murcia, Fabian Andres
Tipo de recurso:
Masters Thesis
Fecha de publicación:
2021
Institución:
Universidad Santo Tomás
Repositorio:
Repositorio Institucional USTA
Idioma:
spa
OAI Identifier:
oai:repository.usta.edu.co:11634/33840
Acceso en línea:
http://hdl.handle.net/11634/33840
Palabra clave:
prohibition
confession
petition
reporte
report written under oath
representative
prohibición
confesión
petición
informe escrito bajo juramento
representante
entidad pública
Rights
openAccess
License
Atribución 2.5 Colombia
Description
Summary:En el ordenamiento jurídico colombiano, en particular en el ámbito administrativo, existe una prohibición de confesión para los representantes de entidades públicas que no tiene en la materialidad alcance universal, pues tanto en sede extraprocesal como en el judicial, existen figuras que materialmente constituyen aceptación de situaciones adversas con implicaciones procesales y que, al margen de su nombre jurídico, constituyen verdaderos escenarios de confesión que no puede el Juez administrativo ignorar al efectuar la valoración probatoria, camino de lo cual terminamos por revaluar el axioma de absoluta prohibición, para aceptar en cambio, la relatividad de su existencia. Si a ello se suma la poca eficacia práctica que, en punto de las finalidades de protección del patrimonio público y el principio de legalidad tiene la prohibición, al descansar en su mayoría sobre la estimación de mala fe del representante legal, encontramos que el ordenamiento posee previsiones suficientes para repeler por conducencia el medio probatorio confesional y en el ámbito personal, se encuentran instituciones y ámbitos de responsabilidad, capaces de enervar cualquier tentativa de ilegalidad o desviación de poder, por lo que entonces también merece cuestionamiento la utilidad misma de la consabida restricción.