La Encrucijada Jurídica De Las Relaciones BORRAR
En el escrito de investigación, se efectúa un análisis y recuento de los antecedentes normativos y jurisprudenciales del contrato por orden de prestación de servicios, la configuración de las relaciones laborales encubiertas, la mixtura de formas de vinculación de personal que existen en las Empresa...
- Autores:
-
Buitrago, Amanda de Jesús
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2022
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/42914
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/42914
- Palabra clave:
- Relaciones laborales encubiertas, contrato por OPS, Empresas Sociales del Estado, sin solución de continuidad, labores misionales
- Rights
- openAccess
- License
- CC0 1.0 Universal
Summary: | En el escrito de investigación, se efectúa un análisis y recuento de los antecedentes normativos y jurisprudenciales del contrato por orden de prestación de servicios, la configuración de las relaciones laborales encubiertas, la mixtura de formas de vinculación de personal que existen en las Empresas Sociales del Estado y la encrucijada en que se encuentran estas entidades para cumplir con la inclusión en la planta de personal a todos los empleos que ejecutan funciones propias del giro normal y permanente de la entidad; en primer lugar se adelantó la revisión de leyes, normas y jurisprudencia que permitiera aclarar el contexto legal de los contratos de OPS, y el contrato realidad, luego se tomó como muestra una ESE en donde se realizó una sucinta y global, investigación correspondiente al año que trascurre, para recolectar datos de personal , formas de contratación, características de las obligaciones , misión de la entidad origen y operación, presupuesto anual y gastos; es claro que existen vicios en la contratación de personal configurándose las relaciones laborales encubiertas, empero, cambiar del todo este escenario antijuridico somete a riesgo de desequilibrio financiero a la entidad, razón esta que permite asegurar que para cumplir con la orden jurisprudencial ratificada por el Consejo de Estado el pasado mes de septiembre de 2021 en este sentido, se hace necesario que el Estado otorgue el subsidio parcial a la oferta dentro del modelo del sistema actual de Seguridad Social en Salud. |
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