Línea jurisprudencial sobre la vulneración para acceder a una vivienda digna en Colombia, cuando se niega el crédito y/o desembolso por entidad financiera
El modelo de Estado Social de Derecho acogido en la Constitución Política de 1991-CP-, generó un sinnúmero de principios, valores y garantías para todas las personas que residen en Colombia, así mismo, estableció una carta de derechos unos de orden fundamentales y otros de prestacionales (económicos...
- Autores:
-
Mendoza Bertel,Luis Henry
- Tipo de recurso:
- Masters Thesis
- Fecha de publicación:
- 2019
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/21317
- Acceso en línea:
- http://hdl.handle.net/11634/21317
- Palabra clave:
- Fundamental right
Decent housing
Vulnerability
Guardianship action
Archimedic judgment
Subject of special constitutional protection
Financial
Credit entity
Procedimiento civil
Tutela
Prestamos bancarios
Bancos hipotecarios
Derecho a la vivienda
Derecho fundamental
Vivienda digna
Vulnerabilidad
Acción de tutela
Sentencia arquimédica
Sujeto de especial protección constitucional
Entidad financiera
- Rights
- openAccess
- License
- Atribución-NoComercial-SinDerivadas 2.5 Colombia
Summary: | El modelo de Estado Social de Derecho acogido en la Constitución Política de 1991-CP-, generó un sinnúmero de principios, valores y garantías para todas las personas que residen en Colombia, así mismo, estableció una carta de derechos unos de orden fundamentales y otros de prestacionales (económicos, sociales y culturales), en igual sentido se consagraron a nivel Constitucional mecanismos, acciones, sujetos de especial protección y jueces de naturaleza constitucional que permita la eficacia de los derechos y de sus órdenes. Se consagró en el artículo 51 de la CP el derecho a una vivienda digna y en ese contexto se abordará desde el análisis y construcción de línea jurisprudencial, si en Colombia se vulnera o no el derecho a la vivienda digna de las personas en estado de debilidad manifiesta, cuando las entidades financieras niegan la aprobación o desembolso de un crédito hipotecario para la adquisición de Vivienda; por ello, en un primero momento se abordará el concepto de derecho fundamentales y en especial el de una vivienda digna, luego se revisarán las sentencias de la Corte Constitucional y con ello arribar a la conclusión que el Estado Colombiano garantiza el acceso a una vivienda digna, además debe facilitar las condiciones para que se pueda acceder a la misma, especialmente en personas con debilidad manifiesta, a través de la democratización del crédito con las entidades bancarias, pues esto ocurre en algunas oportunidades y en otras no. |
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