Noticia sobre la aprobación de la cadena perpétua en Colombia
Encontramos un tema de actualidad interesante y controversial como lo es la aprobación de la cadena perpetua en Colombia por parte del Congreso de la República. Para explicar el porqué de toda la polémica debemos realizar un recorrido y recordar que, la cadena perpetua es aquella condena que se impo...
- Autores:
-
Pallares Guarnizo, Estefany
- Tipo de recurso:
- Fecha de publicación:
- 2021
- Institución:
- Universidad Santo Tomás
- Repositorio:
- Repositorio Institucional USTA
- Idioma:
- spa
- OAI Identifier:
- oai:repository.usta.edu.co:11634/36774
- Acceso en línea:
- http://revistas.ustatunja.edu.co/index.php/iaveritatem/article/view/2209
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- Palabra clave:
- cadena perpétua
polémica
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- License
- Derechos de autor 2017 Iter Ad Veritatem 15
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Encontramos un tema de actualidad interesante y controversial como lo es la aprobación de la cadena perpetua en Colombia por parte del Congreso de la República. Para explicar el porqué de toda la polémica debemos realizar un recorrido y recordar que, la cadena perpetua es aquella condena que se impone a los infractores de la ley penal en los casos que se estipulen para que cumplan con la obligación de permanecer en el centro penitenciario y carcelario de por vida, por ejemplo en la actualidad y con la aprobación en Colombia solo aplicaría para delitos sexuales cometidos a menores o adolescentes y con demás requisitos que se explicaran a continuación. Este es un tema de gran relevancia y discusiones, ya que a raíz del mismo se crean opiniones divididas, dado que por un lado toca muchas fibras y emociones en la humanidad, teniendo en cuenta que lo más común de la sociedad es que nadie quiere convertirse en víctima de algún delito sexual, en especial lo referido a menores de edad (niños y adolescentes) y habiendo llegado a ocurrir lo que se espera es que no quedara impune en el tiempo y se aplicará la justicia en todo su esplendor y por otro lado se encuentran las personas que intentan proteger y garantizar el proceder constitucional y establecido con la promulgación de la Constitución de 1991, debemos recordar que el artículo 1 de la Constitución Política de Colombia11 establece que somos un Estado social de derecho, lo anterior significa que propende por la defensa y el fortalecimiento de unos derechos considerados como fundamentales o esenciales, necesarios para el nivel y la calidad de vida en la sociedad. A pesar de que en Colombia se habían presentado en diferentes oportunidades proyectos de ley para la modificación del artículo 34 de la Constitución que prohíbe penas entre las cuales se encuentra la prisión perpetua, en razón a la protección de los menores de edad y el abuso sexual que pueden sufrir los mismos, el pasado jueves 18 de junio de 2020 se conoció por los diversos medios de comunicación12 una noticia que paralizo la historia del derecho y de la Constitución Colombiana manejada desde el año 1991 contra todo pronóstico y en contravía de grandes especializados en la materia: la aprobación de la aplicación de la cadena perpetua en Colombia en la plenaria del Senado13, quedando a la espera del examen de constitucionalidad querealiza la Corte Constitucional; esta pena tiene la característica que será una sanción excepcional y de esta manera solo tendrá aplicación cuando se agrupen diversas conductas delictuales y que agraven la agresión o abuso sexual contra un niño o adolescente como la reincidencia y la sevicia, para lo cual le corresponde el juez de cada caso valorar los hechos, las pruebas, las circunstancias de tiempo, modo y lugar e imponer la pena cuando esta lo amerite. Esta pena debe ser reglamentada por el Gobierno Nacional en el término de un año y posteriormente llevarla a la práctica. Igualmente, el mismo proyecto establece la oportunidad de solicitar la revisión de esta condena cumplidos los 25 años de permanencia, posibilitando al juez de realizar alguna modificación por buen comportamiento, por horas de trabajo o estudios. Cabe recordar que, por estos delitos la pena que se imponía antes de dicha aprobación era la máxima de 60 años, encontrándose prohibido la concesión de beneficios que puedan reducir la misma. Por ahora, solo nos queda esperar a lo que decida la Corte Constitucional en su examen de revisión, sin embargo surge el interrogante ¿el incremento de las penas es necesario para reducir y prevenir el número de delitos? |
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